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Obra Pontificia para las Vocaciones Eclesiasticas
Nuevas vocaciones para nueva Europa

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a) El ministerio ordenado

Dentro de esta sensibilidad general, parece que deba darse hoy una particular atención al ministerio ordenado, que representa la primera modalidad específica de anuncio del Evangelio. El representa « la garantía permanente de la presencia sacramental de Cristo Redentor en los diversos tiempos y lugares »,(48) y manifiesta propiamente la dependencia directa de la Iglesia de Cristo, que continúa enviando su Espíritu para que ella no se quede encerrada en sí misma, en su cenáculo, sino que camine por los senderos del mundo anunciando la buena noticia.

Esta modalidad vocacional se puede expresar según tres grados: episcopal (al que va unida la garantía de la sucesión apostólica); presbiteral (que es la « representación de Cristo como pastor ») (49) y diaconal (signo sacramental de Cristo siervo).(50) A los obispos está confiado el ministerio de la llamada respecto a aquellos que aspiran a las Ordenes sagradas, para llegar a ser sus colaboradores en el oficio apostólico.

El ministerio ordenado hace ser a la Iglesia, sobre todo a través de la celebración de la Eucaristía « culmen et fons »(51) de la vida cristiana y de la comunidad llamada a hacer memoria del Resucitado. Como toda otra vocación, nace en la Iglesia y forma parte de su vida. Por tanto el ministerio ordenado tiene un servicio de comunión en la comunidad y, en razón de esto, tiene la intransferible tarea de promover cada vocación.

De aquí la traducción pastoral: el ministerio ordenado para todas las vocaciones y todas las vocaciones para el ministerio ordenado en la reciprocidad de la comunión. El obispo, pues, con su presbiterio, está llamado a discernir y cultivar todos los dones del Espíritu. Pero de modo particular el cuidado del seminario debe ser preocupación de toda la Iglesia diocesana a fin de garantizar la formación de los futuros presbíteros y la creación de comunidades eucarísticas como plena manifestación de la experiencia cristiana.




48) Juan Pablo II, Christifideles laici, 55.



49) Juan Pablo II, Pastores dabo vobis, 15.



50) « En la pastoral específica de las vocaciones se debe reservar un puesto a la vocación al diaconado permanente. Los diáconos permanentes son ya una realidad valiosa en diversas parroquias y no sería bueno que no se les incluyese como nuevas vocaciones de la nueva Europa » (Proposiciones, 18).



51) Sacrosanctum Concilium, 10.






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