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José Luis Cortés López
Carlos I y el comercio de esclavos

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Conclusión. -El dinero de las licencias

El beneficio económico de la Corona estaba directamente relacionado con el número de licencias otorgadas, y, principalmente, con el valor de las mismas, que evolucionó de la siguiente forma. 2 ducados en 1513, 5 en 1528, 6 en la segunda mitad de los años treinta, 7 al inicio de los cuarenta, 8 a mitad de siglo y 30 a partir de 1561, tres años después de la muerte del Emperador. Además del beneficio obtenido por la venta de estas licencias, hay que mencionar lo recogido por los derechos de almojarifazgo, impuesto que gravaba la importación de negros en América, como una mercancía más, y otros derechos menores. alcabala, quinto, aduanilla, peajes, sisa, etc.

Todo este dinero, obtenido por estos diversos procedimientos, fue a parar a la Hacienda real para costear parte de la empresa colonizadora, pagar a los oficiales reales, sostener la política expansionista en Europa y remediar otras necesidades de la Monarquía. Sin embargo, el destino directo de parte de las licencias esclavistas fue orientado a la construcción de grandes obras suntuarias en España y a fines bélicos:

 

«Lo que se proveyó en lo de Aranjuez nos ha parescido bien. Y lo mismo dexar proveído de dineros para las obras de Toledo y Madrid, lo cual se debe continuar y hacer, librándose (entre tanto que otra cosa proveemos) por Cédulas del serenísimo Príncipe, mi hijo, en lo que se hubiere de los derechos de las licencias de los esclavos que se llevan a las Indias...»102

 

Las Casas, cuya obra histórica se publicó en 1552, o sea, cuatro años después de la cita anterior, deja claro que, al menos, dos de las grandes obras siguieron esta forma de financiamiento:

 

«Los dineros destas licencias y derechos que al rey se dan por ellos, el emperador asignó para edificar el Alcázar que hizo de Madrid e la de Toledo y con aquellos dineros ambas se han hecho»103.

 

La guerra de África, conocida como guerra contra el Jarife, también se quiso costear, en parte, acudiendo a este dinero generado por los esclavos. Así lo vemos reflejado en una carta dirigida por el Consejo de Hacienda a su Majestad:

 

«También son menester para fortificar a Gibraltar y Melilla, por esta nouedad del Xarife, otros veinte mil ducados y más, y como para cumplir éstos no hay ninguna possibilidad como está dicho, hanos paresçido que de las liçençias de los esclavosy de otros cualesquier depósitos y cosas que puedan seruir para esto, se deue tomar lo que huuiere...»104.

 




102.  FERNÁNDEZ ÁLVAREZ, M. Corpus Documental de Carlos V. Salamanca : 1979. T. II. Pág. 603. Augsburgo 11 de febrero de 1548. Este mismo año se daban órdenes ampliando el ámbito de las obras:

«Que no se den liçençias de esclauos sino hasta ocho, y estas a los que fueren a poblar, dando a cada uno lo que les paresçiere, excebto quando se conçertaren algunas liçençias para lo que dexamos ordenado y mandado que se prouea en lo de las obras del alcaçar de Madrid y el Pardo y Segouia y otras semejantes». A.G.S. Patronato Real. Leg. 26. Fol. 104. Bruselas 29 de septiembre de 1548. Carta de Carlos V a Maximiliano.



103.  Historia de las Indias. Lib. III. Cap. 129.



104.  FERNÁNDEZ ÁLVAREZ. O. c. V. III. Pág. 94.






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