13. No compren nada para el sustento a excepción del pan y cosas para el potaje -como son las habas, guisantes y legumbres de esta clase- hortalizas, aceite, huevos, leche, queso y fruta. Pero no pueden comprar ni carne, ni pescado, ni vino, a no ser para las necesidades de los enfermos o debilitados, o de los pobres, o en las grandes solemnidades. Pueden en cambio comprar y cebar animales. Mas cuando están de viaje o en peregrinación, se les permite comprar, aunque con moderación y si es necesario, vino y pescado en Cuaresma; y si les dieren algo, vivan de ello, y dividan el resto en tres partes. Pero si ya se han puesto en camino para redimir cautivos, todo lo que les den, menos los gastos,deben emplearlo para la redención de cautivos.