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Decl. conjunta sobre la doctrina de la justificación

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  • Preámbulo
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Preámbulo

1. La doctrina de la justificación tuvo una importancia capital para la Reforma luterana del siglo XVI. De hecho, sería el "artículo primero y principal"1, a la vez, "rector y juez de las demás doctrinas cristianas" 2. La versión de entonces fue sostenida y defendida en particular por su singular apreciación contra la teología y la iglesia católicas romanas de la época que, a su vez, sostenían y defendían una doctrina de la justificación de otra índole. Desde la perspectiva de la Reforma, la justificación era la raíz de todos los conflictos, y tanto en las Confesiones luteranas3 como en el Concilio de Trento de la Iglesia Católica Romana hubo condenas de una y otra doctrinas. Estas últimas siguen vigentes, provocando divisiones dentro de la iglesia.

2. Para la tradición luterana, la doctrina de la justificación conserva esa condición particular. De ahí que desde un principio, ocupara un lugar preponderante en al diálogo oficial luterano-católico romano.

3. Al respecto, les remitimos a los informes The Gospel and the Church (1972) 4 y Church and Justification (1994) 5 de la Comisión luterano-católico romana; Justification by Faith (1983) 6 del Diálogo luterano-católico romano de los EE.UU. y The Condemnations of the Reformation Era - Do They Still Divide? (1986) 7 del Grupo de trabajo ecuménico de teólogos protestantes y católicos de Alemania. Las iglesias han acogido oficialmente algunos de estos informes de los diálogos; ejemplo importante de esta acogida es la respuesta vinculante que en 1994 dio la Iglesia Evangélica Unida de Alemania al estudio Condemnations al más alto nivel posible de reconocimiento eclesiástico, junto con las demás iglesias de la Iglesia Evangélica de Alemania8.

4. Respecto a los debates sobre la doctrina de la justificación, tanto los enfoques y conclusiones de los informes de los diálogos como las respuestas trasuntan un alto grado de acuerdo. Por lo tanto, ha llegado la hora de hacer acopio de los resultados de los diálogos sobre esta doctrina y resumirlos para informar a nuestras iglesias acerca de los mismos a efectos de que puedan tomar las consiguientes decisiones vinculantes.

5. Una de las finalidades de la presente Declaración conjunta es demostrar que a partir de este diálogo, las iglesias luterana y católica romana9 se encuentran en posición de articular una interpretación común de nuestra justificación por la gracia de Dios mediante la fe en Cristo. Cabe señalar que no engloba todo lo que una y otra iglesia enseñan acerca de la justificación, limitándose a recoger el consenso sobre las verdades básicas de dicha doctrina y demostrando que las diferencias subsistentes en cuanto a su explicación, ya no dan lugar a condenas doctrinales.

6. Nuestra declaración no es un planteamiento nuevo e independiente de los informes de los diálogos y demás documentos publicados hasta la fecha; tampoco los sustituye. Más bien, tal como lo demuestra la lista de fuentes que figura en anexo, se nutre de los mismos y de los argumentos expuestos en ellos.

7. Al igual que los diálogos en sí, la presente Declaración conjunta se funda en el convicción de que al superar las cuestiones controvertidas y las condenas doctrinales de otrora, las iglesias no toman estas últimas a la ligera y reniegan su propio pasado. Por el contrario, la declaración está impregnada de la convicción de que en sus respectivas historias, nuestras iglesias han llegado a nuevos puntos de vista. Hubo hechos que no solo abrieron el camino sino que también exigieron que las iglesias examinaran con nuevos ojos aquellas condenas y cuestiones que eran fuente de división.




1 (N.de T. Se dejaron en inglés o alemán las notas al pie de página y los documentos de referencia que no se han publicado en español. )

Artículos de Esmascalda, II, 1; Libro de concordia, 292.



2 "Rector et judex super omnia genera doctrinarum", Weimar Edition of Luther's Works (WA), 39,I,205.



3 Cabe señalar que las confesiones vinculantes de algunas iglesias luteranas solo abarcan la Confesión de Augsburgo y el Catecismo menor de Lutero, textos que no contienen condenas acerca de la justificación en relación con la Iglesia Católica Romana.



4 Report of the Joint Lutheran-Roman Catholic Study Commission, published in Growth in Agreement (New York; Geneva, 1984) - pp.168-189.



5 Published by the Lutheran World Federation (Geneva, 1994).



6 Lutheran and Catholics in Dialogue VII (Minneapolis, 1985).



7 Minneapolis, 1990.



8 Gemeinsame Stellungnahme der Arnoldshainer Konferenz, der Vereinigten Kirche und des Deutschen Nationalkomitees des Lutherischen Weltbundes zum Dokument "Lehrverurteilungen-kirchentrennend?", Ökumenische Rundschau 44 (1995):99-102; including the position papers which underlie this resolution, cf. Lehrverurteilungen im Gespräch, Die ersten offiziellen Stellungnahmen aus den evangelischen Kirchen in Deutschland (Göttingen: Vandenhoeck & Ruprecht, 1993).



9 En la presente declaración, la palabra "iglesia" se utiliza para reflejar las propias interpretaciones de las iglesias participantes sin que se pretenda resolver ninguna de las cuestiones eclesiológicas relativas a dicho término.






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