Capitolo, Paragrafo
1 9, 137| confíe. Los consulta en los asuntos importantes relativos a
2 9, 137| gobierno y examinar los asuntos prioritarios. (cf 137.4)~
3 9, 137| miembros de la comisión para asuntos económicos del Instituto; (
4 9, 137| Consejo cuando este trata asuntos económicos.~137.10 Hay otros
5 9, 139| derecho propio;~2 estudiar los asuntos de mayor importancia relacionados
6 9, 142| Consejo;~2 para estudiar los asuntos de interés general y proponer
7 9, 149| Consejo cuando se traten asuntos económicos. También pueden
8 9, 150| consulta a su Consejo en los asuntos importantes de la Provincia,
9 9, 150| miembros de la comisión de asuntos económicos de la Provincia; (
10 9, 151| consultivo cuando estudia asuntos generales de la Provincia
11 9, 151| Consejo y al estudio de los asuntos regularmente incluidos en
12 9, 151| interés común al analizar los asuntos importantes de la Provincia.
13 9, 152| decidir por sí mismo en asuntos que no pueden quedarse sin
14 9, 152| Cuando hayan de tratarse asuntos que atañen a algún Hermano
15 10, 157| por sí mismos en todos los asuntos ordinarios inherentes a
16 10, 157| inherentes a su cargo. 1 En los asuntos extraordinarios deben recurrir
17 10, 160| Consejo Internacional de Asuntos económicos de, al menos,
18 10, 160| constituyan la Comisión para Asuntos económicos. Ésta ayuda al
19 10, 160| ayuda de la Comisión para Asuntos económicos, establece el
20 10, 161| Provincial, formen la comisión de asuntos económicos de la Provincia.
21 10, 161| asistido por la comisión de asuntos económicos, elabora las
22 10, 161| estudiado por la comisión de asuntos económicos y aprobado por
|