Capitolo, Paragrafo
1 1, 8 | religiosa.~Algunas personas pueden ser afiliadas al Instituto,
2 2, 29 | Provincial, los Hermanos no pueden aceptar la administración
3 2, 29 | físicas o jurídicas. Tampoco pueden salir fiadores, aunque sea
4 2, 29 | gasto para la comunidad, pueden herir la pobreza y la vida
5 2, 37 | en casos excepcionales, pueden dar orden formal en virtud
6 3, 55 | en favor de los difuntos pueden ser aumentados por el Hermano
7 9, 124| y aquellos en los que no pueden actuar sin el consentimiento
8 9, 125| tengan intereses comunes pueden agruparse libremente. Tales
9 9, 125| Provincias o Distritos agrupados pueden darse un estatuto, que será
10 9, 125| cuyos efectivos son escasos, pueden vincularse a otra unidad
11 9, 137| una Provincia o Distrito pueden gastar sin autorización,
12 9, 149| asuntos económicos. También pueden ser invitados eventualmente
13 9, 152| mismo en asuntos que no pueden quedarse sin solución. (
14 10, 155| competencias. 1~Las casas no pueden poseer ni enajenar.~155.
15 10, 158| Provincia o un Distrito pueden gastar sin autorización.
16 10, 158| casa o una provincia no pueden, sin autorización, desviar
17 10, 159| Instituto y las Provincias pueden capitalizar. La capitalización 1
18 10, 161| 3.11; 150.2.8)~161.15 No pueden emprenderse, sin permiso
19 11, 169| auténtico de las mismas, sólo pueden ser modificadas con su autorización
20 11, 169| del derecho canónico, 4 pueden ser modificados, si así
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