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| Hermanos Maristas Constituciones y Estatutos (FMS) IntraText CT - Texto |
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EL POSTNOVICIADO 103 Finalidad del postnoviciado La formación de los Hermanos debe proseguirse, de manera sistemática y equilibrada, 1 hasta la profesión perpetua. Se organiza en función de las necesidades de la Iglesia y de los hombres, y se adapta a las cualidades personales y al carisma del Instituto. 2 Durante este tiempo, el Hermano sigue aquilatando el sentido de su consagración. 103.1 Después del noviciado, el Hermano profeso temporal prosigue su formación en dos etapas: 1 en una comunidad específicamente estructurada para este fin, y bajo la dirección del Hermano designado por el Hermano Provincial; 2 en una comunidad apostólica, hasta la profesión perpetua. 103.2 La primera etapa tiene una duración de tres años. Se hace inmediatamente después del noviciado (cf PC 18.1 y DF - 60). 103.3 Cuando las circunstancias exigen que se proceda de otro modo, el Hermano Provincial con su Consejo estudia la mejor forma de conseguir los objetivos de cada una de estas dos etapas. 104 Primera Etapa La primera etapa del postnoviciado está orientada a la formación para la misión. Para aprovechar esta etapa, el joven profeso ha de ser capaz de armonizar los estudios y actividades apostólicas con la vida de oración y de comunidad. Su vida, así unificada, le permitir realizar más profundamente el ideal de la consagración religiosa. 1 104.1 este tiempo debe permitir al Hermano profeso temporal, mediante estudios teológicos y profesionales, lograr la competencia necesaria para las tareas apostólicas del Instituto. 104.2 Durante este período, el Hermano no realizará trabajos ni desempeñará funciones que obstaculicen su formación. Los Superiores cuidarán de ello. (c 660,2) 104.3 El Hermano que para continuar su formación haya de residir fuera de su Provincia, se atiene a las normas establecidas, de común acuerdo, por los Hermanos Provinciales implicados. 105 Segunda etapa Los primeros años de actividad apostólica constituyen un período de singular importancia para el Hermano profeso temporal. Este Hermano asume su formación, de manera responsable, en una comunidad apropiada, de cuya vida y misión participa plenamente. Durante esta etapa se va preparando con seriedad a la profesión perpetua; hay que garantizarle el acompañamiento personal. 105.1 El Hermano Provincial puede nombrar a un Hermano distinto del Superior local para acompañar al Hermano joven durante esta etapa. La comunidad que lo acoge debe sentirse responsable de su formación. 105.2 Antes de la profesión perpetua, se dedicará tiempo suficiente para una preparación espiritual más intensa.
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1 PC 18/1 2 c 659,1-2 1 PC 18/2 |
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