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Código de Derecho Canónico

IntraText - Concordancias

elección

   Libro, Parte, Can.
1 1, 0, 147 | misma cuando ha precedido elección o postulación; finalmente, 2 1, 0, 147 | finalmente, por simple elección y aceptación del elegido 3 1, 0, 147 | aceptación del elegido cuando la elección no necesita ser confirmada.~ 4 1, 0 | Art. 3~DE LA ELECCIÓN~ 5 1, 0, 165 | oficio, no debe diferir la elección más allá de un trimestre 6 1, 0, 165 | derecho de confirmar la elección, o, subsidiariamente, de 7 1, 0, 166 | tanto estuviera ausente, la elección es válida; pero a petición 8 1, 0, 166 | preterición y ausencia, la elección debe ser rescindida por 9 1, 0, 166 | recibir la noticia de la elección.~ § 3. Pero si hubieran 10 1, 0, 166 | parte de los electores, la elección es nula de propio derecho, 11 1, 0, 167 | casa donde se celebra la elección, pero no puede asistir a 12 1, 0, 169 | 169 Para que la elección sea válida, ninguna persona 13 1, 0, 170 | 170 La elección cuya libertad se haya impedido 14 1, 0, 171 | su voto es nulo, pero la elección vale, a no ser que conste 15 1, 0, 172 | añadidas al voto antes de la elección se tienen por no puestas.~ 16 1, 0, 173 | 1. Antes de comenzar la elección, deben designarse al menos 17 1, 0, 173 | ante el presidente de la elección si el número de papeletas 18 1, 0, 173 | cuidadosamente acta de~la elección, la cual, firmada al menos 19 1, 0, 174 | 174 § 1. La elección, si no disponen otra cosa 20 1, 0, 174 | por esa vez el derecho de elección a una o varias personas 21 1, 0, 174 | recibida, procedan a la elección en nombre de todos.~ § 2. 22 1, 0, 174 | sido ordenados; si no, la elección es inválida.~§ 3. Los compromisarios 23 1, 0, 174 | del derecho acerca de la elección y deben atenerse, para la 24 1, 0, 174 | atenerse, para la validez de la elección, a las condiciones puestas 25 1, 0, 175 | 3  una vez realizada la elección, si fue nula.~ 26 1, 0, 177 | 177 § 1. La elección se ha de notificar inmediatamente 27 1, 0, 177 | grupo si acepta o no la elección; en caso contrario, la elección 28 1, 0, 177 | elección; en caso contrario, la elección no produce efecto.~ § 2. 29 1, 0, 177 | derecho adquirido por la elección y no lo recupera por una 30 1, 0, 177 | debe proceder a una nueva elección en el plazo de un mes desde 31 1, 0, 178 | 178 Al aceptar una elección que no necesita ser confirmada, 32 1, 0, 179 | 179 § 1. Si la elección necesita ser confirmada, 33 1, 0, 179 | día de la aceptación de la elección; en otro caso, queda privado 34 1, 0, 179 | norma del c.149 § 1, y la elección se hizo según derecho, no 35 1, 0, 180 | 180 §1. Si a la elección del que es considerado más 36 1, 0, 181 | equivalente, vale para la elección si no hay impedimento, y 37 1, 0, 182 | corresponde confirmar la elección y conceder la dispensa del 38 2, 1, 219 | 219 En la elección del estado de vida, todos 39 2, 1, 312 | personas.~ § 2.    Para la elección válida de una asociación 40 2, 2, 332 | en la Iglesia mediante la elección legítima por él aceptada 41 2, 2, 344 | reuniones;~2 ratificar la elección de aquellos miembros que 42 2, 2, 349 | que compete proveer a la elección del Romano Pontífice, según 43 2, 2, 352 | Romano Pontífice aprobar la elección del Subdecano.~ § 4.    44 2, 2, 377 | derecho ni privilegio de elección, nombramiento, presentación 45 2, 2, 423 | diocesano; en caso contrario, la elección es nula.~ §2.     El Administrador 46 2, 2, 427 | mismo de haber aceptado su elección, y no se requiere confirmación 47 2, 2, 430 | colegio competente para su elección, pero no necesita la aceptación 48 2, 2, 463 | institutos de vida consagrada, a elección del consejo pastoral, en 49 2, 2, 498 | presbiteral tienen derecho de elección tanto activo como pasivo:~ 50 2, 2, 498 | estatutos, este mismo derecho de elección puede otorgarse a otros 51 2, 2, 523 | derecho de presentación o de elección.~ 52 2, 2, 557 | perjuicio del derecho de elección o de presentación, cuando 53 2, 3, 625 | ha de ser designado por elección canónica, de acuerdo con 54 2, 3, 625 | sede principal preside la elección del Superior del monasterio 55 6, 2, 1375| libertad del ministerio, de una elección o de la potestad eclesiástica,


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