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Alfabética [« »] dotados 5 dote 2 dotes 2 duda 31 dudar 2 dudas 5 dudosa 2 | Frecuencia [« »] 31 debida 31 defensor 31 diocesanos 31 duda 31 grupo 31 número 31 obligados | Código de Derecho Canónico IntraText - Concordancias duda |
Libro, Parte, Can.
1 1, 0, 14 | inhabilitantes, no obligan en la duda de derecho; en la duda de 2 1, 0, 14 | la duda de derecho; en la duda de hecho, pueden los Ordinarios 3 1, 0, 21 | 21 En caso de duda, no se presume la revocación 4 1, 0, 36 | común de hablar; en caso de duda, se han de interpretar estrictamente 5 1, 0, 67 | negligencia notable .~ § 3. En la duda sobre la invalidez o no 6 1, 0, 90 | inválida.~ § 2. Cuando hay duda sobre la suficiencia de 7 1, 0, 144 | derecho, así como en la duda positiva y probable de derecho 8 2, 3, 653 | despedido; si queda alguna duda sobre su idoneidad, el Superior 9 3, 0, 751 | divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma; 10 4, 1, 845 | investigación diligente, subsiste duda prudente sobre si los sacramentos 11 4, 1, 869 | 869 § 1. Cuando hay duda sobre si alguien fue bautizado, 12 4, 1, 869 | administrado válidamente, y la duda persiste después de una 13 4, 1, 869 | tratan los § § 1 y 2, hay duda sobre la administración 14 4, 1, 980 | absolución si el confesor no duda de la buena disposición 15 4, 1, 1005| 1005 En la duda sobre si el enfermo ha alcanzado 16 4, 1, 1052| de todo esto, el Obispo duda con razones ciertas de la 17 4, 1, 1060| derecho; por lo que en la duda se ha de estar por la validez 18 4, 1, 1084| impotencia es dudoso, con duda de derecho o de hecho, no 19 4, 1, 1084| ni, mientras persista la duda, declararlo nulo.~ § 3. 20 4, 1, 1091| matrimonio cuando subsiste alguna duda sobre si~las partes son 21 4, 1, 1150| 1150 En caso de duda, el privilegio de la fe 22 4, 2, 1184| caso de que surja alguna duda, hay que consultar al Ordinario 23 7, 2, 1513| juez, para concordar la duda o las dudas a las que se 24 7, 2, 1530| públicamente dejar fuera de toda duda.~ 25 7, 2, 1611| el tribunal, dando a cada duda la respuesta conveniente;~ 26 7, 2, 1645| que prueban sin lugar a duda hechos nuevos que exigen 27 7, 2, 1661| determinará la fórmula de la duda; y después citará a todos 28 7, 2, 1661| partes la fórmula de la duda.~ § 2. En la citación 29 7, 3, 1677| oficio la fórmula de la duda o de las dudas, y la notificará 30 7, 3, 1677| 3. La fórmula de la duda no sólo debe plantear si 31 7, 3, 1681| instrucción de la causa surge una duda muy probable de que no se