- LIBRO II DEL PUEBLO DE DIOS
- PARTE II DE LA CONSTITUCION JERARQUICA DE LA IGLESIA
- SECCION II DE LAS IGLESIAS PARTICULARES Y DE SUS AGRUPACIONES
- TÍTULO I DE LAS IGLESIAS PARTICULARES Y DE LA AUTORIDAD CONSTITUIDA EN ELLAS (Cann. 368 – 430)
- CAPÍTULO III DELA SEDE IMPEDIDA Y DE LA SEDE VACANTE
- Art. 1 DE LA SEDE IMPEDIDA
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CAPÍTULO III
DELA SEDE IMPEDIDA Y DE LA SEDE VACANTE
Art. 1
DE LA SEDE IMPEDIDA
412 Se considera impedida la sede episcopal cuando por
cautiverio, relegación, destierro o incapacidad, el Obispo diocesano se
encuentra totalmente imposibilitado para ejercer su función pastoral en la
diócesis, de suerte que ni aun por carta pueda comunicarse con sus diocesanos.
413 § 1. A no ser que la Santa Sede haya
provisto de otro modo, cuando quede impedida una sede, el gobierno de la
diócesis compete al Obispo coadjutor si está presente; y si no existe o se
halla impedido, a un Obispo auxiliar o Vicario general o episcopal, o a otro
sacerdote de acuerdo con el orden establecido en una lista que debe
confeccionar el Obispo diocesano cuanto antes, una vez que haya tomado posesión
de la diócesis; esta lista, que debe comunicarse al Metropolitano, se renovará
al menos cada tres años, y será conservada bajo secreto por el canciller.
§ 2. Si no hay
Obispo coadjutor o está impedido, y tampoco provee la lista de la que se trata
en el § 1, corresponde al colegio de consultores elegir un sacerdote que rija
la diócesis.
§ 3. Quien se hace cargo del régimen de la diócesis a
tenor de los § § 1 ó 2, debe comunicar cuanto antes a la Santa Sede que la
diócesis está impedida y que él ha asumido su gobierno.
414 Todo aquel que, de acuerdo con la norma del
[link] c. 413, haya sido llamado a ejercer interinamente la
cura pastoral de la diócesis mientras ésta se halla impedida, tiene en su
función pastoral las obligaciones y la potestad que por derecho competen a un
Administrador diocesano.
415 Si, por una pena eclesiástica, queda impedido el
Obispo diocesano de ejercer su función, el Metropolitano o, en su defecto o
tratándose de él mismo, el más antiguo de los sufragáneos según el orden de promoción,
recurrirá inmediatamente a la Santa Sede, para que ésta provea.
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