VI El sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación
1440 El
pecado es, ante todo, ofensa a Dios, ruptura de la comunión con él. Al mismo
tiempo, atenta contra la comunión con la Iglesia. Por eso la conversión implica
a la vez el perdón de Dios y la reconciliación con la Iglesia, que es lo que
expresa y realiza litúrgicamente el sacramento de la Penitencia y de la
Reconciliación (cf LG 11).
Sólo Dios perdona el pecado
1441 Sólo
Dios perdona los pecados (cf Mc 2,7). Porque Jesús es el Hijo de Dios, dice de
sí mismo: "El Hijo del hombre tiene poder de perdonar los pecados en la
tierra" (Mc 2,10) y ejerce ese poder divino: "Tus pecados están
perdonados" (Mc 2,5; Lc 7,48). Más aún, en virtud de su autoridad divina, Jesús confiere este poder a los
hombres (cf Jn 20,21-23) para que lo ejerzan en su nombre.
1442 Cristo
quiso que toda su Iglesia, tanto en su oración como en su vida y su obra, fuera
el signo y el instrumento del perdón y de la reconciliación que nos adquirió al
precio de su sangre. Sin embargo, confió el ejercicio del poder de absolución
al ministerio apostólico, que está encargado del "ministerio de la
reconciliación" (2 Cor 5,18). El
apóstol es enviado "en nombre de Cristo", y "es Dios mismo"
quien, a través de él, exhorta y suplica: "Dejaos reconciliar con
Dios" (2 Co 5,20).
Reconciliación con la Iglesia
1443
Durante su vida pública, Jesús no sólo perdonó los pecados, también manifestó
el efecto de este perdón: a los pecadores que son perdonados los vuelve a
integrar en la comunidad del pueblo de Dios, de donde el pecado los había
alejado o incluso excluido. Un signo manifiesto de ello es el hecho de que
Jesús admite a los pecadores a su mesa, más aún, él mismo se sienta a su mesa,
gesto que expresa de manera conmovedora, a la vez, el perdón de Dios (cf Lc 15)
y el retorno al seno del pueblo de Dios (cf Lc 19,9).
1444 Al
hacer partícipes a los apóstoles de su propio poder de perdonar los pecados, el
Señor les da también la autoridad de reconciliar a los pecadores con la
Iglesia. Esta dimensión eclesial de
su tarea se expresa particularmente en las palabras solemnes de Cristo a Simón
Pedro: "A ti te daré las llaves del Reino de los Cielos; y lo que ates en
la tierra quedará atado en los cielos, y lo que desates en la tierra quedará
desatado en los cielos" (Mt 16,19). "Está claro que también el
Colegio de los Apóstoles, unido a su Cabeza (cf Mt 18,18; 28,16-20), recibió la
función de atar y desatar dada a Pedro (cf Mt 16,19)" LG 22).
1445 Las palabras atar y desatar
significan: aquel a quien excluyáis de vuestra comunión, será excluido de la
comunión con Dios; aquel a quien que recibáis de nuevo en vuestra comunión,
Dios lo acogerá también en la suya. La reconciliación con la Iglesia
es inseparable de la reconciliación con Dios.
El sacramento del perdón
1446 Cristo
instituyó el sacramento de la Penitencia en favor de todos los miembros
pecadores de su Iglesia, ante todo para los que, después del Bautismo, hayan
caído en el pecado grave y así hayan perdido la gracia bautismal y lesionado la
comunión eclesial. El sacramento de la Penitencia ofrece a éstos una nueva
posibilidad de convertirse y de recuperar la gracia de la justificación. Los
Padres de la Iglesia presentan este sacramento como "la segunda tabla (de
salvación) después del naufragio que es la pérdida de la gracia"
(Tertuliano, paen. 4,2; cf Cc. de
Trento: DS 1542).
1447 A lo
largo de los siglos la forma concreta, según la cual la Iglesia ha ejercido
este poder recibido del Señor ha variado mucho. Durante los primeros siglos, la
reconciliación de los cristianos que habían cometido pecados particularmente
graves después de su Bautismo (por ejemplo, idolatría, homicidio o adulterio),
estaba vinculada a una disciplina muy rigurosa, según la cual los penitentes
debían hacer penitencia pública por sus pecados, a menudo, durante largos años,
antes de recibir la reconciliación. A este "orden de los penitentes"
(que sólo concernía a ciertos pecados graves) sólo se era admitido raramente y,
en ciertas regiones, una sola vez en la vida. Durante el siglo VII, los
misioneros irlandeses, inspirados en la tradición monástica de Oriente,
trajeron a Europa continental la práctica "privada" de la Penitencia,
que no exigía la realización pública y prolongada de obras de penitencia antes
de recibir la reconciliación con la Iglesia. El sacramento se realiza desde
entonces de una manera más secreta entre el penitente y el sacerdote. Esta
nueva práctica preveía la posibilidad de la reiteración del sacramento y abría
así el camino a una recepción regular del mismo. Permitía integrar en una sola celebración
sacramental el perdón de los pecados graves y de los pecados veniales. A
grandes líneas, esta es la forma de penitencia que la Iglesia practica hasta
nuestros días.
1448 A
través de los cambios que la disciplina y la celebración de este sacramento han
experimentado a lo largo de los siglos, se descubre una misma estructura
fundamental. Comprende dos elementos igualmente esenciales: por una parte,
los actos del hombre que se convierte bajo la acción del Espíritu Santo, a
saber, la contrición, la confesión de los pecados y la satisfacción; y por otra
parte, la acción de Dios por ministerio de la Iglesia. Por medio del
obispo y de sus presbíteros, la Iglesia en nombre de Jesucristo concede el
perdón de los pecados, determina la modalidad de la satisfacción, ora también
por el pecador y hace penitencia con él. Así el pecador es curado y
restablecido en la comunión eclesial.
1449 La
fórmula de absolución en uso en la Iglesia latina expresa el elemento esencial
de este sacramento: el Padre de la misericordia es la fuente de todo perdón. Realiza la reconciliación de los pecadores
por la Pascua de su Hijo y el don de su Espíritu, a través de la oración y el
ministerio de la Iglesia:
Dios, Padre misericordioso, que
reconcilió consigo al mundo por la muerte y la resurrección de su Hijo y
derramó el Espíritu Santo para la remisión de los pecados, te conceda, por el
ministerio de la Iglesia, el perdón y la paz. Y yo te absuelvo de tus pecados
en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo (OP 102).
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