I Libertad y responsabilidad
1731 La
libertad es el poder, radicado en la razón y en la voluntad, de obrar o de no
obrar, de hacer esto o aquello, de ejecutar así por sí mismo acciones
deliberadas. Por el libre arbitrio cada uno dispone de sí mismo. La libertad es en el hombre una fuerza de
crecimiento y de maduración en la verdad y la bondad. La libertad
alcanza su perfección cuando está ordenada a Dios, nuestra bienaventuranza.
1732 Hasta
que no llega a encontrarse definitivamente con su bien último que es Dios, la
libertad implica la posibilidad de elegir entre el bien y el mal, y por
tanto, de crecer en perfección o de flaquear y pecar. La libertad caracteriza los actos propiamente
humanos. Se convierte en fuente de alabanza o de reproche, de mérito o de
demérito.
1733 En la medida en que el hombre hace más el
bien, se va haciendo también más libre. No hay verdadera libertad sino en el
servicio del bien y de la justicia. La elección de la desobediencia y del mal
es un abuso de la libertad y conduce a “la esclavitud del pecado”(cf Rm 6, 17).
1734 La libertad hace al hombre responsable
de sus actos en la medida en que éstos son voluntarios. El progreso en la
virtud, el conocimiento del bien, y la ascesis acrecientan el dominio de la
voluntad sobre los propios actos.
1735 La imputabilidad y la
responsabilidad de una acción pueden quedar disminuidas e incluso suprimidas a
causa de la ignorancia, la inadvertencia, la violencia, el temor, los hábitos,
los afectos desordenados y otros factores psíquicos o sociales.
1736 Todo
acto directamente querido es imputable a su autor:
Así el Señor pregunta a Adán tras el pecado en el paraíso: ‘¿Qué has hecho?’
(Gn 3,13). Igualmente a Caín (cf Gn 4, 10). Así también el profeta Natán al rey
David, tras el adulterio con la mujer de Urías y la muerte de éste (cf 2 S 12,
7-15).
Una acción puede ser indirectamente voluntaria cuando resulta de una
negligencia respecto a lo que se habría debido conocer o hacer, por ejemplo, un
accidente provocado por la ignorancia del código de la circulación.
1737 Un
efecto puede ser tolerado sin ser querido por el que actúa, por ejemplo, el
agotamiento de una madre a la cabecera de su hijo enfermo. El efecto malo no es
imputable si no ha sido querido ni como fin ni como medio de la acción, como la
muerte acontecida al auxiliar a una persona en peligro. Para que el efecto malo
sea imputable, es preciso que sea previsible y que el que actúa tenga la
posibilidad de evitarlo, por ejemplo, en el caso de un homicidio cometido por
un conductor en estado de embriaguez.
1738 La libertad se ejercita en las relaciones
entre los seres humanos. Toda persona humana, creada a imagen de Dios, tiene el
derecho natural de ser reconocida como un ser libre y responsable. Todo
hombre debe prestar a cada cual el respeto al que éste tiene derecho. El derecho
al ejercicio de la libertad es una exigencia inseparable de la dignidad de
la persona humana, especialmente en materia moral y religiosa (cf DH 2). Este
derecho debe ser reconocido y protegido civilmente dentro de los límites del
bien común y del orden público (cf DH 7).
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