RESUMEN
1918 “No
hay autoridad que no provenga de Dios, y las que existen, por Dios han sido
constituidas” (Rm 13, 1).
1919 Toda
comunidad humana necesita una autoridad para mantenerse y desarrollarse.
1920 “La
comunidad política y la autoridad pública se fundan en la naturaleza humana y
por ello pertenecen al orden querido por Dios” (GS 74, 3).
1921 La
autoridad se ejerce de manera legítima si se aplica a la prosecución del bien
común de la sociedad. Para alcanzarlo debe emplear medios moralmente
aceptables.
1922 La
diversidad de regímenes políticos es legítima, con tal que promuevan el bien de
la comunidad.
1923 La
autoridad política debe actuar dentro de los límites del orden moral y debe
garantizar las condiciones del ejercicio de la libertad.
1924 El
bien común comprende ‘el conjunto de aquellas condiciones de la vida social que
permiten a los grupos y a cada uno de sus miembros conseguir más plena y
fácilmente su propia perfección’ (GS 26, 1).
1925 El
bien común comporta tres elementos esenciales: el respeto y la promoción de los
derechos fundamentales de la persona; la prosperidad o el desarrollo de los
bienes espirituales y temporales de la sociedad; la paz y la seguridad del
grupo y de sus miembros.
1926 La
dignidad de la persona humana implica la búsqueda del bien común. Cada cual
debe preocuparse por suscitar y sostener instituciones que mejoren las
condiciones de la vida humana.
1927 Corresponde
al Estado defender y promover el bien común de la sociedad civil. El bien común
de toda la familia humana requiere una organización de la sociedad
internacional.
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