I El respeto de la persona humana
1929. La
justicia social sólo puede ser conseguida sobre la base del respeto de la
dignidad trascendente del hombre. La persona representa el fin último de la
sociedad, que está ordenada al hombre:
La defensa y la promoción de la
dignidad humana ‘nos han sido confiadas por el Creador, y de las que son
rigurosa y responsablemente deudores los hombres y mujeres en cada coyuntura de
la historia’ (SRS 47).
1930 El respeto de la persona humana implica
el de los derechos que se derivan de su dignidad de criatura. Estos
derechos son anteriores a la sociedad y se imponen a ella. Fundan la
legitimidad moral de toda autoridad: menospreciándolos o negándose a
reconocerlos en su legislación positiva, una sociedad mina su propia legitimidad
moral (cf PT 65). Sin este respeto, una autoridad sólo puede apoyarse en la
fuerza o en la violencia para obtener la obediencia de sus súbditos.
Corresponde a la Iglesia recordar estos derechos a los hombres de buena
voluntad y distinguirlos de reivindicaciones abusivas o falsas.
1931 El
respeto a la persona humana pasa por el respeto del principio: ‘Que cada uno,
sin ninguna excepción, debe considerar al prójimo como «otro yo», cuidando, en
primer lugar, de su vida y de los medios necesarios para vivirla dignamente’
(GS 27, 1). Ninguna legislación podría por sí misma hacer desaparecer los
temores, los prejuicios, las actitudes de soberbia y de egoísmo que
obstaculizan el establecimiento de sociedades verdaderamente fraternas. Estos
comportamientos sólo cesan con la caridad que ve en cada hombre un ‘prójimo’,
un hermano.
1932 El
deber de hacerse prójimo de los demás y de servirlos activamente se hace más
acuciante todavía cuando éstos están más necesitados en cualquier sector de la
vida humana. ‘Cuanto hicisteis a uno de estos hermanos míos más pequeños, a mí
me lo hicisteis’ (Mt 25, 40).
1933 Este
mismo deber se extiende a los que piensan y actúan diversamente de nosotros. La
enseñanza de Cristo exige incluso el perdón de las ofensas. Extiende el
mandamiento del amor que es el de la nueva ley a todos los enemigos (cf Mt 5,
43-44). La liberación en el espíritu del Evangelio es incompatible con el odio
al enemigo en cuanto persona, pero no con el odio al mal que hace en cuanto
enemigo.
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