II Los mandamientos de la Iglesia
2041 Los mandamientos de la
Iglesia se sitúan en la línea de una vida moral referida a la vida litúrgica y
que se alimenta de ella. El carácter obligatorio de estas leyes positivas
promulgadas por la autoridad eclesiástica tiene por fin garantizar a los fieles
el mínimo indispensable en el espíritu de oración y en el esfuerzo moral, en el
crecimiento del amor de Dios y del prójimo. Los mandamientos más generales de
la Santa Madre Iglesia son cinco:
2042 El primer mandamiento [oír
misa entera los domingos y fiestas de precepto] exige a los fieles participar
en la celebración eucarística, en la que se reúne la comunidad cristiana, el
día en que conmemora la Resurrección del Señor, y en aquellas principales
fiestas litúrgicas que conmemoran los misterios del Señor, la Virgen María y
los santos (cf [link] CIC can 1246-1248; CCEO can. 881,
1.2.4).
El segundo mandamiento
(confesar los pecados mortales al menos una vez al año, y en peligro de muerte,
y si se ha de comulgar) asegura la preparación para la Eucaristía mediante la
recepción del sacramento de la Reconciliación, que continúa la obra de
conversión y de perdón del Bautismo (cf [link] CIC can.
989; CCEO can. 719).
El tercer mandamiento
(comulgar por Pascua de Resurrección) garantiza un mínimo en la recepción del
Cuerpo y la Sangre del Señor en relación con el tiempo de Pascua, origen y
centro de la liturgia cristiana (cf [link] CIC can. 920;
CCEO can. 708-881, 3).
2043 El cuarto mandamiento (ayunar
y abstenerse de comer carne cuando lo manda la Santa Madre Iglesia) asegura los
tiempos de ascesis y de penitencia que nos preparan para las fiestas
litúrgicas; contribuyen a hacernos adquirir el dominio sobre nuestros instintos
y la libertad del corazón (cf [link] CIC can.
1249-1251; CCEO can. 882).
El quinto mandamiento (ayudar
a la Iglesia en sus necesidades) señala la obligación de ayudar, cada uno según
su capacidad, a subvenir a las necesidades materiales de la Iglesia (cf
[link] CIC can. 222).
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