V Las autoridades en la sociedad civil
2234 El
cuarto mandamiento de Dios nos ordena también honrar a todos los que, para
nuestro bien, han recibido de Dios una autoridad en la sociedad. Este
mandamiento determina tanto los deberes de quienes ejercen la autoridad como
los de quienes están sometidos a ella.
Deberes de las autoridades civiles
2235 Los
que ejercen una autoridad deben ejercerla como un servicio. ‘El que quiera
llegar a ser grande entre vosotros, será vuestro esclavo’ (Mt 20, 26). El
ejercicio de una autoridad está moralmente regulado por su origen divino, su
naturaleza racional y su objeto específico. Nadie puede ordenar o establecer lo
que es contrario a la dignidad de las personas y a la ley natural.
2236 El
ejercicio de la autoridad ha de manifestar una justa jerarquía de valores con
el fin de facilitar el ejercicio de la libertad y de la responsabilidad de
todos. Los superiores deben ejercer la justicia distributiva con sabiduría,
teniendo en cuenta las necesidades y la contribución de cada uno y atendiendo a
la concordia y la paz. Deben velar porque las normas y disposiciones que
establezcan no induzcan a tentación oponiendo el interés personal al de la
comunidad (cf CA 25).
2237 El poder
político está obligado a respetar los derechos fundamentales de la persona
humana. Y a administrar humanamente justicia en el respeto al derecho de cada
uno, especialmente el de las familias y de los desheredados.
Los derechos políticos inherentes
a la ciudadanía pueden y deben ser concedidos según las exigencias del bien
común. No pueden ser suspendidos por la autoridad sin motivo legítimo y
proporcionado. El ejercicio de los
derechos políticos está destinado al bien común de la nación y de toda la
comunidad humana.
Deberes de los ciudadanos
2238 “Los que están sometidos a la autoridad
deben mirar a sus superiores como representantes de Dios que los ha instituido
ministros de sus dones (cf Rm 13, 1-2): ‘Sed sumisos, a causa del Señor, a toda
institución humana... Obrad como hombres libres, y no como quienes hacen de la
libertad un pretexto para la maldad, sino como siervos de Dios’ (1 P 2, 13.16.).
Su colaboración leal entraña el derecho, a veces el deber, de ejercer una justa
crítica de lo que les parece perjudicial para la dignidad de las personas o el
bien de la comunidad.
2239 Deber de los ciudadanos es
cooperar con la autoridad civil al bien de la sociedad en espíritu de verdad,
justicia, solidaridad y libertad. El amor y el servicio de la patria
forman parte del deber de gratitud y del orden de la caridad. La sumisión a las
autoridades legítimas y el servicio del bien común exigen de los ciudadanos que
cumplan con su responsabilidad en la vida de la comunidad política.
2240 La
sumisión a la autoridad y la corresponsabilidad en el bien común exigen
moralmente el pago de los impuestos, el ejercicio del derecho al voto, la
defensa del país:
Dad a cada cual lo que se le debe: a quien impuestos, impuestos; a quien
tributo, tributo; a quien respeto, respeto; a quien honor, honor (Rm 13, 7).
Los cristianos residen en su propia patria, pero como extranjeros domiciliados.
Cumplen todos sus deberes de
ciudadanos y soportan todas sus cargas como extranjeros... Obedecen a las leyes
establecidas, y su manera de vivir está por encima de las leyes... Tan
noble es el puesto que Dios les ha asignado, que no les está permitido desertar
(Epístola a Diogneto, 5, 5.10; 6, 10).
El apóstol nos exhorta a ofrecer oraciones y acciones de gracias por los
reyes y por todos los que ejercen la autoridad, ‘para que podamos vivir una
vida tranquila y apacible con toda piedad y dignidad’ (1 Tm 2, 2).
2241 Las
naciones más prósperas tienen el deber de acoger, en cuanto sea posible, al extranjero
que busca la seguridad y los medios de vida que no puede encontrar en su país
de origen. Las autoridades deben velar para que se respete el derecho natural
que coloca al huésped bajo la protección de quienes lo reciben.
Las autoridades civiles, atendiendo al bien común de aquellos que tienen a
su cargo, pueden subordinar el ejercicio del derecho de inmigración a diversas
condiciones jurídicas, especialmente en lo que concierne a los deberes de los
emigrantes respecto al país de adopción. El inmigrante está obligado a respetar
con gratitud el patrimonio material y espiritual del país que lo acoge, a
obedecer sus leyes y contribuir a sus cargas.
2242 El
ciudadano tiene obligación en conciencia de no seguir las prescripciones de las
autoridades civiles cuando estos preceptos son contrarios a las exigencias del
orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas
del Evangelio. El rechazo de la
obediencia a las autoridades civiles, cuando sus exigencias son contrarias
a las de la recta conciencia, tiene su justificación en la distinción entre el
servicio de Dios y el servicio de la comunidad política. ‘Dad al César lo que
es del César y a Dios lo que es de Dios’ (Mt 22, 21). ‘Hay que obedecer a Dios
antes que a los hombres’ (Hch 5, 29):
Cuando la autoridad pública,
excediéndose en sus competencias, oprime a los ciudadanos, éstos no deben
rechazar las exigencias objetivas del bien común; pero les es lícito defender
sus derechos y los de sus conciudadanos contra el abuso de esta autoridad,
guardando los límites que señala la ley natural y evangélica. (GS 74, 5).
2243 La resistencia a la opresión de
quienes gobiernan no podrá recurrir legítimamente a las armas sino cuando se
reúnan las condiciones siguientes: 1) en caso de violaciones ciertas, graves y
prolongadas de los derechos fundamentales; 2) después de haber agotado todos
los otros recursos; 3) sin provocar desórdenes peores; 4) que haya esperanza
fundada de éxito; 5) si es imposible prever razonablemente soluciones mejores.
La comunidad política y la Iglesia
2244 Toda
institución se inspira, al menos implícitamente, en una visión del hombre y de
su destino, de la que saca sus referencias de juicio, su jerarquía de valores,
su línea de conducta. La mayoría de las sociedades han configurado sus
instituciones conforme a una cierta preeminencia del hombre sobre las cosas. Sólo
la religión divinamente revelada ha reconocido claramente en Dios, Creador y
Redentor, el origen y el destino del hombre. La Iglesia invita a las
autoridades civiles a juzgar y decidir a la luz de la Verdad sobre Dios y sobre
el hombre:
Las sociedades que ignoran esta inspiración o la rechazan en nombre de su
independencia respecto a Dios se ven obligadas a buscar en sí mismas o a tomar
de una ideología sus referencias y finalidades; y, al no admitir un criterio
objetivo del bien y del mal, ejercen sobre el hombre y sobre su destino, un
poder totalitario, declarado o velado, como lo muestra la historia. (cf CA 45;
46).
2245 La
Iglesia, que por razón de su misión y de su competencia, no se confunde en modo
alguno con la comunidad política, es a la vez signo y salvaguardia del carácter
trascendente de la persona humana. La Iglesia ‘respeta y promueve también la
libertad y la responsabilidad política de los ciudadanos’ (GS 76, 3).
2246
Pertenece a la misión de la Iglesia ‘emitir un juicio moral incluso sobre cosas
que afectan al orden político cuando lo exijan los derechos fundamentales de la
persona o la salvación de las almas, aplicando todos y sólo aquellos medios que
sean conformes al Evangelio y al bien de todos según la diversidad de tiempos y
condiciones’ (GS 76, 5).
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