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2. Las
implicaciones eclesiales
¿Qué
implicaciones tiene un acto eclesial de petición de perdón en la vida de la
misma Iglesia? Son varios los aspectos que emergen:
a) Ante todo hay que tener en cuenta los procesos diversificados de recepción
de los gestos de arrepentimiento eclesial, ya que varían en función de los
contextos religiosos, culturales, políticos, sociales, personales, etc. A esta
luz se debe considerar el hecho de que acontecimientos o palabras ligadas a una
historia contextualizada no tienen necesariamente un alcance universal y, viceversa,
que hechos condicionados por una determinada perspectiva teológica y pastoral
han implicado consecuencias de gran peso para la difusión del Evangelio
(piénsese, por ejemplo, en los diversos modelos históricos de la teología de la
misión). Además, hay que evaluar la relación entre los beneficios espirituales
y los posibles costes de tales actos, también teniendo en cuenta los acentos
indebidos que los «medios» pueden dar a algunos aspectos de los
pronunciamientos eclesiales; siempre se ha de tener en cuenta la advertencia
del apóstol Pablo para acoger, considerar y sostener con prudencia y amor a los
«débiles en la fe» (cf. Rom 14,1). En particular, hay que prestar
atención a la historia, a la identidad y a los contextos de las Iglesias
orientales y de las Iglesias que actúan en continentes o países donde la
presencia cristiana es ampliamente minoritaria.
b) Se debe precisar el sujeto adecuado que debe pronunciarse
respecto a culpas pasadas, sea que se trate de Pastores locales, considerados
personal o colegialmente, sea que se trate del Pastor universal, el Obispo de
Roma. En esta perspectiva es oportuno tener en cuenta, al reconocer las culpas
pasadas e indicar los referentes actuales que mejor podrían hacerse cargo de
ellas, la distinción entre magisterio y autoridad en la Iglesia: no todo acto
de autoridad tiene valor de magisterio, por lo que un comportamiento contrario
al Evangelio, de una o más personas revestidas de autoridad, no lleva de por sí
una implicación del carisma magisterial, asegurado por el Señor a los pastores
de la Iglesia, y no requiere, por tanto, ningún acto magisterial de reparación.
c) Hay que subrayar que el destinatario de toda posible petición
de perdón es Dios, y que eventuales destinatarios humanos, sobre todo si son
colectivos, en el interior o fuera de la comunidad eclesial, deben ser
identificados con adecuado discernimiento histórico y teológico, sea para
realizar actos de reparación convenientes, sea para testimoniar ante ellos la
buena voluntad y el amor a la verdad por parte de los hijos de la Iglesia. Ello
se podrá lograr tanto mejor cuanto mayor sea el diálogo y la reciprocidad entre
las partes en causa en un hipotético camino de reconciliación, vinculado al
reconocimiento de las culpas y al arrepentimiento por ellas, sin ignorar que la
reciprocidad, a veces imposible a causa de las convicciones religiosas del
interlocutor, no puede ser considerada condición indispensable y que la
gratuidad del amor se expresa a menudo en una iniciativa unilateral.
d) Los posibles gestos de reparación están ligados al
reconocimiento de una responsabilidad que se prolonga en el tiempo y que podrán
tener tanto un carácter simbólico-profético como un valor de reconciliación
efectiva (por ejemplo, entre los cristianos divididos). También en la
definición de estos actos es de desear una búsqueda común con los posibles
destinatarios, escuchando las legítimas reclamaciones que puedan presentar.
e) En el plano pedagógico se debe evitar la perpetuación de
imágenes negativas del otro, e igualmente la puesta en marcha de procesos de
autoculpabilización indebida, subrayando cómo el hacerse cargo de culpas
pasadas es para el que cree una especie de participación en el misterio de
Cristo crucificado y resucitado, que ha cargado con las culpas de todos. Esta
perspectiva pascual se revela particularmente adecuada para producir frutos de
liberación, de reconciliación y de alegría para todos aquellos que con fe viva
están implicados en la petición de perdón, sea como sujetos o como
destinatarios.
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