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Ioannes Paulus PP. II
Novo Millennio

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45. Los espacios de comunión han de ser cultivados y ampliados día a día, a todos los niveles, en el entramado de la vida de cada Iglesia. En ella, la comunión ha de ser patente en las relaciones entre Obispos, presbíteros y diáconos, entre Pastores y todo el Pueblo de Dios, entre clero y religiosos, entre asociaciones y movimientos eclesiales. Para ello se deben valorar cada vez más los organismos de participación previstos por el Derecho canónico, como los Consejos presbiterales y pastorales. Éstos, como es sabido, no se inspiran en los criterios de la democracia parlamentaria, puesto que actúan de manera consultiva y no deliberativa29 sin embargo, no pierden por ello su significado e importancia. En efecto, la teología y la espiritualidad de la comunión aconsejan una escucha recíproca y eficaz entre Pastores y fieles, manteniéndolos por un lado unidos a priori en todo lo que es esencial y, por otro, impulsándolos a confluir normalmente incluso en lo opinable hacia opciones ponderadas y compartidas.

Para ello, hemos de hacer nuestra la antigua sabiduría, la cual, sin perjuicio alguno del papel jerárquico de los Pastores, sabía animarlos a escuchar atentamente a todo el Pueblo de Dios. Es significativo lo que san Benito recuerda al Abad del monasterio, cuando le invita a consultar también a los más jóvenes: « Dios inspira a menudo al más joven lo que es mejor ».30 Y san Paulino de Nola exhorta: « Estemos pendientes de los labios de los fieles, porque en cada fiel sopla el Espíritu de Dios ».31

Por tanto, así como la prudencia jurídica, poniendo reglas precisas para la participación, manifiesta la estructura jerárquica de la Iglesia y evita tentaciones de arbitrariedad y pretensiones injustificadas, la espiritualidad de la comunión da un alma a la estructura institucional, con una llamada a la confianza y apertura que responde plenamente a la dignidad y responsabilidad de cada miembro del Pueblo de Dios.




29) Cf. Congr. para el Clero y Otras, Instr. interdicasterial Ecclesiae de mysterio, sobre algunas cuestiones relativas la colaboración de los fieles laicos en el ministerio de los sacerdotes, (15 agosto 1997): AAS 89 (1997), 852–877, especialmente art. 5: « Los organismos de colaboración en la Iglesia particular ».



30) Reg. III, 3: « Ideo autem omnes ad consilium vocari diximus, quia saepe iuniori Dominus revelat quod melius est ».



31) « De omnium fidelium ore pendeamus, quia in omnem fidelem Spiritus Dei spirat » (Epist. 23, 36 a Sulpicio Severo: CSEL 29, 193.






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