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| Ioannes Paulus PP. II Inde a Pontificatus IntraText CT - Texto |
III.
La Comisión Pontificia para la Conservación del Patrimonio Artístico e Histórico de la Iglesia, de ahora en adelante, se denominará Comisión Pontificia para los Bienes Culturales de la Iglesia. Esta Comisión, conservando la competencia establecida por los artículos 100, 101, 102 y 103 de mi Constitución Apostólica Pastor bonus, no dependerá ya de la Congregación para el Clero, sino que será autónoma, con un presidente propio, que formará parte de los miembros del Consejo Pontificio de la Cultura, con el que mantendrá contactos periódicos, a fin de asegurar una sintonía de objetivos y una fecunda colaboración recíproca. Asimismo, se mantendrá en contacto con el Consejo Pontificio de la Cultura con respecto a las Academias que tienen actividades concernientes a los bienes culturales de la Iglesia.Mando que todo lo establecido en este Motu Proprio tenga valor pleno y estable, sin que nada obste en contrario, aunque sea digno de especialísima mención.
Dado en Roma, junto a la basílica de San Pedro, el 25 de marzo de 1993, año decimoquinto de mi Pontificado.
IOANNES PAULUS PP. II