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Consejo Pontificio Justicia y Paz
Conferencia Mundial contra el racismo

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Las discriminaciones positivas

Entre las recomendaciones del orden del día de la Conferencia de Durban se incluyen también las "discriminaciones positivas". En efecto, la Convención internacional sobre la eliminación de toda forma de discriminación racial, del 21 de diciembre de 1965, que la Santa Sede ratificó, prevé la posibilidad de adoptar medidas especiales "con el único fin de asegurar de modo adecuado el progreso de algunos grupos raciales o étnicos y de personas que requieren protección, la cual puede serles necesaria para disfrutar de los derechos humanos (...) en condiciones de igualdad" (art. 1, 4).

Sobre esta base de la "acción positiva", algunos países han adoptado legislaciones que conceden una protección especial a los pueblos autóctonos o minoritarios. Con todo, la elección de este tipo de política sigue siendo objeto de controversia. Existe el peligro real de que esas medidas consoliden la diferencia, en vez de favorecer la cohesión social; que, por ejemplo, en lo que atañe al empleo o a la vida política, se recluten o elijan las personas según su grupo étnico y no de acuerdo con su competencia; y, por último, que la libertad de elección quede condicionada.

Es indiscutible que, a veces, el peso de los antecedentes de índole histórica, social y cultural exige acciones positivas por parte de los Estados. Los pueblos autóctonos, en particular, aún sufren mucho a causa de discriminaciones. Ahora bien, la Iglesia católica, siempre muy atenta a la defensa de la realidad del hombre concreto, en su situación histórica, reivindica un respeto efectivo de los derechos humanos.




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