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Leo PP. XIII
Arcanum Divinae Sapientiae

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16. Los legisladores de nuestros tiempos, confesándose partidarios y amantes de los mismos principios de derecho, no pueden verse libres, aun queriéndolo con todas sus fuerzas, de la mencionada perversidad de los hombres; hay, por tanto, que ceder a los tiempos y conceder la facultad de divorcio. Lo mismo que la propia historia testifica. Dejando a un lado, en efecto, otros hechos, al finalizar el pasado siglo, en la no tanto revolución cuanto conflagración francesa, cuando, negado Dios, se profanaba todo en la sociedad, entonces se accedió, al fin, a que las separaciones conyugales fueran ratificadas por las leyes. Y muchos propugnan que esas mismas leyes sean restablecidas en nuestros tiempos, pues quieren apartar en absoluto a Dios y a la Iglesia de la sociedad conyugal, pensando neciamente que el remedio más eficaz contra la creciente corrupción de las costumbres debe buscarse en semejantes leyes.




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