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Congregacion para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostolica
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PARTE III. PERSEVERANCIA EN LA FIDELIDAD.

1. La formación.

22. La formación de las claustrales trata de preparar a la persona para su consagración total a Dios en el seguimiento de Cristo, según la forma de vida ordenada únicamente a la contemplación, propia de su peculiar misión en la Iglesia.72

La formación debe entrar profundamente en la persona, tratando de unificarla en un itinerario progresivo de conformación a Jesucristo y a su ofrenda total al Padre. El método propio para ello debe asumir y expresar, pues, la característica de la totalidad,73 educando en la sabiduría del corazón.74 Está claro que esta formación, precisamente porque tiende a la transformación de toda la persona, no termina nunca.

Las exigencias particulares de la formación de quienes son llamadas a la vida totalmente contemplativa han sido expuestas en la Instrucción Potissimum institutioni (Parte IV, 72-85).

La formación de las contemplativas es ante todo formación en la fe, « fundamento y primicia de una auténtica contemplación ».75 En efecto, mediante la fe se aprende a descubrir la presencia constante de Dios para adherirse en la caridad a su misterio de comunión.

La renovación de la vida contemplativa se confía, en gran parte, a la formación de cada monja y de toda la comunidad, para que puedan alcanzar la realización del proyecto divino mediante la asimilación del propio carisma.

23. A este respecto tiene una importancia particular el programa formativo, inspirado en el carisma específico, que debe abarcar, bien diferenciados, los primeros años hasta la profesión solemne o perpetua y los sucesivos, los cuales deben asegurar la perseverancia en la fidelidad durante toda la vida. Para ello las comunidades claustrales deberán tener una adecuada ratio formationis,76 que formará parte del propio derecho, después de haber sido sometida a la Santa Sede y previo voto deliberativo del Capítulo conventual.

El contexto de las culturas de nuestro tiempo comporta para los Institutos de vida contemplativa un nivel de preparación adecuada a la dignidad y a las exigencias de este estado de vida consagrada. Por lo cual, los monasterios exijan a las candidatas, antes de su admisión al noviciado, un grado de madurez personal y afectiva, humana y espiritual, que las haga idóneas para la fidelidad y la comprensión de la naturaleza de la vida ordenada enteramente a la contemplación en clausura. Las obligaciones propias de la vida claustral deben ser bien conocidas y aceptadas por cada candidata en el primer período de formación y, en cualquier caso, antes de la emisión de los votos solemnes o perpetuos.77

El estudio de la Palabra de Dios, de la tradición de los Padres, de los documentos del Magisterio, de la liturgia, de la espiritualidad y de la teología, debe ser la base doctrinal de la formación, tratando de ofrecer los fundamentos del conocimiento del misterio de Dios que hay en la Revelación cristiana, « penetrando a la luz de la fe la verdad escondida en el misterio de Cristo ».78

La vida contemplativa debe alimentarse continuamente en el misterio de Dios; por esto es esencial dar a las monjas las bases y el método para una formación personal y comunitaria que sean constantes y no limitadas a experiencias periódicas.

24. La norma general es que todo el ciclo de la formación inicial y permanente se desarrolle dentro del monasterio. La ausencia de actividades externas y la estabilidad de los miembros permite seguir gradualmente y con mayor participación las diversas etapas de la formación. En el propio monasterio, la monja crece y madura en la vida espiritual y alcanza la gracia de la contemplación. La formación en el propio monasterio tiene también la ventaja de favorecer la armonía de toda la comunidad. Además, el monasterio, con su característico ambiente y ritmo de vida, es el lugar más conveniente para realizar el camino formativo,79 ya que el alimento diario de la Eucaristía, la liturgia, la lectio divina, la devoción mariana, la ascesis y el trabajo, el ejercicio de la caridad fraterna y la experiencia de la soledad y del silencio, son momentos y factores esenciales de la formación para la vida contemplativa.

La Superiora de un monasterio, como primera responsable de la formación,80 favorezca un adecuado camino formativo inicial de las candidatas. Promueva también la formación permanente de las monjas enseñando a alimentarse del misterio de Dios que se da continuamente en la liturgia y en los diversos momentos de la vida monástica, ofreciendo los medios adecuados para la formación espiritual y doctrinal y, finalmente, estimulando hacia un continuo crecimiento como exigencia de fidelidad al don siempre nuevo de la llamada divina.

La formación es un derecho y un deber de cada monasterio, que puede servirse incluso de la colaboración de personas externas, sobre todo del Instituto al que eventualmente estuviese asociado. Si es necesario, la Superiora podrá permitir que se sigan los cursos por correspondencia relativos a las materias del programa formativo del monasterio.

Cuando un monasterio no es autosuficiente, algunos servicios de enseñanza comunes se pueden organizar en uno de los monasterios del mismo Instituto, y por lo general, en la misma área geográfica. Los monasterios interesados determinarán las modalidades, la frecuencia y la duración, de modo que se respeten las exigencias fundamentales de la vocación contemplativa en la clausura y las indicaciones de la propia ratio formationis. La normativa de la clausura rige también las salidas por motivos de formación.81

De todas formas, la frecuencia de los cursos de formación no puede sustituir la formación sistemática y gradual en la propia comunidad.

Cada monasterio ha de poder ser, de hecho, artífice de la propia vitalidad y de su futuro; por tanto, es necesario que sea autosuficiente sobre todo en el campo de la formación, que no puede ser dirigida sólo a algunos de sus miembros, sino que debe abarcar a toda la comunidad, para que sea lugar de progreso dinámico y crecimiento espiritual.




72 Cf. Juan Pablo II, Exhort. ap. postsinodal Vita consecrata, sobre la vida consagrada y su misión en la Iglesia y en el mundo (25 de marzo de 1996), 65.

73 Cf. ibíd.

74 Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Decr. Optatam totius, sobre la formación sacerdotal, 16, nota 32; S. Buenaventura, Itinerario de la mente en Dios, Pról. n. 4: Opera omnia V, 296 a: « Nadie crea que le basta la lectura sin la unción, la especulación sin la devoción, la investigación sin la admiración, la circunspección sin la exultación, la industria sin la piedad, la ciencia sin la caridad, la inteligencia sin la humildad, el estudio sin la gracia, el espejo sin la sabiduría divinamente inspirada ».

75 Congregación para los Institutos de vida consagrada y las Sociedades de vida apostólica, Instr. Potissimum institutioni, sobre la formación en los Institutos religiosos (2 de febrero de 1990), 74.

76 Cf. Juan Pablo II, Exhort. ap. postsinodal Vita consecrata, sobre la vida consagrada y su misión en la Iglesia y en el mundo (25 de marzo de 1996), 68; Congregación para los Institutos de vida consagrada y las Sociedades de vida apostólica, Instr. Potissimum institutioni, sobre la formación en los Institutos religiosos (2 de febrero de 1990), 85.

77 Cf. Juan Pablo II, Catequesis en la audiencia general (4 de enero de 1995), 8: « Los contemplativos se dedican ... a un estado de oblación personal tan elevada que exige una vocación especial, que es preciso verificar antes de la admisión o de la profesión definitiva ».

78 Conc. Ecum. Vat. II, Const. dogm. Dei Verbum, sobre la divina Revelación, 24; cf. Const. past. Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo actual, 22: « Realmente, el misterio del hombre sólo se esclarece en el misterio del Verbo encarnado. Pues Adán, el primer hombre, era figura del que había de venir (cf. Rm 5, 14), es decir, de Cristo, el Señor. Cristo, el nuevo Adán, en la misma revelación del misterio del Padre y de su amor, manifiesta plenamente el hombre al propio hombre y le descubre la grandeza de su vocación ».

79 Cf. Congregación para los Institutos de vida consagrada y las Sociedades de vida apostólica, Instr. Potissimum institutioni, sobre la formación en los Institutos religiosos (2 de febrero de 1990), 81. Juan Pablo II, Discurso a las monjas de clausura (Bolonia, 28 de septiembre de 1997), 5: « Vuestras comunidades de clausura, con su propio ritmo de oración y ejercicio de la caridad fraterna, en donde la soledad se colma con la suave presencia del Señor y el silencio prepara el espíritu para la escucha de sus sugerencias interiores, son el lugar donde cada día os formáis en este conocimiento amoroso del Padre ».

80 Cf. Código de Derecho Canónico, can. 619; 641; 661.

81 Cf. Congregación para los Institutos de vida consagrada y las Sociedades de vida apostólica, Instr. Potissimum institutioni, sobre la formación en los Institutos religiosos (2 de febrero de 1990), 82.




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