Directrices prácticas
De los principios fundamentales enunciados
derivan algunas directrices prácticas para los institutos religiosos y para los
centros de formación entre institutos:
10.
Los institutos religiosos
a) Los
Capítulos y los Superiores Mayores
Corresponde a
los institutos, a través de los Capítulos y los Superiores Mayores, establecer
en la propia Ratio los principios y las normas de la
formación,35 asignar la misión a los formadores y a los profesores, y
vigilar para que el proceso formativo se desarrolle en conformidad con la
índole y la misión del instituto y según el derecho. Cuando los superiores
deciden mandar los propios miembros a un centro de formación entre institutos,
no ceden a otros la responsabilidad que a ellos les compete, sino que continúan
ejerciéndola (cf. n. 11, 17b y 22) con « plena responsabilidad de custodios y
de maestros ».36
b) La comunidad formativa
En todas las formas de colaboración entre
institutos es necesario aplicar la debida distinción entre la comunidad
formativa y el centro de formación entre institutos.37 La comunidad
formativa es la instancia primaria de referencia, que ningún centro puede
suplir. Ella constituye el ámbito en el que crece y madura, en el espíritu de
los respectivos Fundadores, la identificación vocacional y la respuesta a la
vocación recibida.38 La profundización de la identidad carismática se
realiza, en primer lugar, en el contacto vivo con los formadores y con los
hermanos o las hermanas con quienes se comparten las mismas experiencias de
vida, los mismos retos lanzados por la sociedad y las tradiciones del
instituto.39 Por lo mismo esta comunidad es siempre el lugar de la
síntesis vital de la experiencia formativa.40 « La fidelidad al propio
carisma necesita ser profundizada en el conocimiento, cada día más amplio, de
la historia del instituto, de su misión peculiar y del espíritu del Fundador,
esforzándose al mismo tiempo por encarnarlo en la vida personal y comunitaria
».41
Donde las
circunstancias no permitan a los religiososas vivir en la propia comunidad
formativa mientras frecuentan un centro de formación entre institutos, es deber
de los superiores proveer para que puedan vivir periódicamente tiempos fuertes
de formación y de vida comunitaria en el propio instituto.42
11.
Los centros de formación entre institutos 43
a) Los
centros y su constitución
Las
Conferencias de los superiores o de las superioras mayores, que tienen como
finalidad « promover una colaboración más eficaz para el bien de la Iglesia
»,44 o un grupo de Superiores o Superioras Mayores que desean colaborar
entre ellos en la formación, pueden a este fin organizar servicios o constituir
centros de formación entre institutos.45
Éstos tienen una tipología muy variada.
Algunos están destinados a ofrecer servicios complementarios; otros proveen a
la formación de los religiosos desde el punto de vista doctrinal; otros,
finalmente, constituyen estructuras específicas para la preparación de los
religiosos candidatos al sacerdocio. Las normas y las directrices que siguen tienen en
cuenta esta diferenciación.
Para la erección de la sede de un centro de
formación entre institutos es necesario el consentimiento escrito del Ordinario
de lugar.
b) Las
responsabilidades directivas
A los superiores y a las superioras que han
dado origen a la iniciativa corresponde también la responsabilidad última del
centro. En el espíritu del Mutuae Relationes, buscarán el modo más oportuno
para informar a los Obispos sobre las actividades del centro y tener con ellos
un diálogo abierto que se convierta en riqueza y promoción del mismo
centro.46 El Santo Padre recuerda que ellos tienen la responsabilidad
de acompañar la actividad de los centros y también de garantizar que la
enseñanza impartida esté enconformidad con el Magisterio de la
Iglesia.47
Todas las iniciativas de los centros de
formación entre institutos sean directamente llevadas a cabo por un equipo con un
responsable propio, con garantía de estabilidad y de competencia formativa.
c) Los profesores
Para la elección de los profesores se tendrá
en cuenta la sana doctrina, la competencia específica, la capacidad pedagógica
y la actitud para el trabajo en equipo. Se considerará además su conocimiento y
estima de la vida religiosa en la variedad de sus formas y de su desarrollo,
según el espíritu del Concilio Vaticano II y del Magisterio.
Los centros
mantengan viva la conciencia formativa de los profesores y organicen encuentros
de intercambio y de evaluación con los formadores.
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