23. El trabajo y el
problema de la emigración
Es
menester, finalmente, pronunciarse al menos sumariamente sobre el tema de la
llamada emigración por trabajo. Este
es un fenómeno antiguo, pero que todavía se repite y tiene, también hoy,
grandes implicaciones en la vida contemporánea. El hombre tiene derecho a
abandonar su País de origen por varios motivos —como también a volver a él— y a
buscar mejores condiciones de vida en otro País. Este hecho, ciertamente se
encuentra con dificultades de diversa índole; ante todo, constituye
generalmente una pérdida para el País del que se emigra. Se aleja un hombre y a
la vez un miembro de una gran comunidad, que está unida por la historia, la
tradición, la cultura, para iniciar una vida dentro de otra sociedad, unida por
otra cultura, y muy a menudo también por otra lengua. Viene a faltar en tal
situación un sujeto de trabajo, que
con el esfuerzo del propio pensamiento o de las propias manos podría contribuir
al aumento del bien común en el propio País; he aquí que este esfuerzo, esta
ayuda se da a otra sociedad, la cual, en cierto sentido, tiene a ello un
derecho menor que la patria de origen.
Sin
embargo, aunque la emigración es bajo cierto aspecto un mal, en determinadas
circunstancias es, como se dice, un mal necesario. Se debe hacer todo lo
posible —y ciertamente se hace mucho— para que este mal, en sentido material,
no comporte mayores males en sentido
moral, es más, para que, dentro de lo posible, comporte incluso un bien en
la vida personal, familiar y social del emigrado, en lo que concierne tanto al
País donde llega, como a la Patria que abandona. En este sector muchísimo
depende de una justa legislación, en particular cuando se trata de los derechos
del hombre del trabajo. Se entiende que tal problema entra en el contexto de
las presentes consideraciones, sobre todo bajo este punto de vista.
Lo más
importante es que el hombre, que trabaja fuera de su País natal, como emigrante
o como trabajador temporal, no se encuentre en
desventaja en el ámbito de los derechos concernientes al trabajo respecto a
los demás trabajadores de aquella determinada sociedad. La emigración por
motivos de trabajo no puede convertirse de ninguna manera en ocasión de
explotación financiera o social. En lo referente a la relación del trabajo con
el trabajador inmigrado deben valer los mismos criterios que sirven para
cualquier otro trabajador en aquella sociedad. El valor del trabajo debe
medirse con el mismo metro y no en relación con las diversas nacionalidades,
religión o raza. Con mayor razón no puede
ser explotada una situación de coacción en la que se encuentra el emigrado.
Todas estas circunstancias deben ceder absolutamente, —naturalmente una vez
tomada en consideración su cualificación específica—, frente al valor
fundamental del trabajo, el cual está unido con la dignidad de la persona
humana. Una vez más se debe repetir el principio fundamental: la jerarquía de
valores, el sentido profundo del trabajo mismo exigen que el capital esté en
función del trabajo y no el trabajo en función del capital.
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