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| Pontificio Consejo para la Familia Familia, matrimonio y uniones de hecho IntraText CT - Texto |
Aspecto social de las "uniones de hecho"
(2) La expresión «unión de hecho» abarca un conjunto de múltiples y heterogéneas realidades humanas, cuyo elemento común es el de ser convivencias (de tipo sexual) que no son matrimonios. Las uniones de hecho se caracterizan, precisamente, por ignorar, postergar o aún rechazar el compromiso conyugal. De esto se derivan graves consecuencias.
Con el matrimonio se asumen públicamente, mediante el pacto de amor conyugal, todas las responsabilidades que nacen del vínculo establecido. De esta asunción pública de responsabilidades resulta un bien no sólo para los propios cónyuges y los hijos en su crecimiento afectivo y formativo, sino también para los otros miembros de la familia. De este modo, la familia fundada en el matrimonio es un bien fundamental y precioso para la entera sociedad, cuyo entramado más firme se asienta sobre los valores que se despliegan en las relaciones familiares, que encuentra su garantía en el matrimonio estable. El bien generado por el matrimonio es básico para la misma Iglesia, que reconoce en la familia la «Iglesia domestica»2. Todo ello se ve comprometido con el abandono de la institución matrimonial implícito en las uniones de hecho.