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| Pontificio Consejo para la Familia Familia, matrimonio y uniones de hecho IntraText CT - Texto |
Las uniones de hecho y el pacto conyugal
(12) La valoración de las uniones de hecho incluyen también una dimensión subjetiva. Estamos ante personas concretas, con una visión propia de la vida, con su intencionalidad, en una palabra, con su «historia». Debemos considerar la realidad existencial de la libertad individual de elección y de la dignidad de las personas, que pueden errar. Pero en la unión de hecho, la pretensión de reconocimiento público no afecta sólo al ámbito individual de las libertades. Es preciso, por tanto abordar este problema desde la ética social: el individuo humano es persona, y por tanto social; el ser humano no es menos social que racional9.
Las personas se pueden encontrar y hacer referencia a la condivisión de valores y exigencias compartidos respecto al bien común en el diálogo. La referencia universal, el criterio en este campo, no puede ser otro que el de la verdad sobre el bien humano, objetiva, trascendente e igual para todos. Alcanzar esta verdad y permanecer en ella es condición de libertad y de madurez personal, verdadera meta de una convivencia social ordenada y fecunda. La atención exclusiva al sujeto, al individuo y sus intenciones y elecciones, sin hacer referencia a una dimensión social y objetiva de las mismas, orientada al bien común, es el resultado de un individualismo arbitrario e inaceptable, ciego a los valores objetivos, en contraste con la dignidad de la persona y nocivo al orden social.«Es necesario, por tanto, promover una reflexión que ayude no sólo a los creyentes, sino a todos los hombres de buena voluntad, a redescubrir el valor del matrimonio y de la familia. En el Catecismo de la Iglesia Católica se puede leer: La familia es la 'célula original de la vida social'. Es la sociedad natural en que el hombre y la mujer son llamados al don de sí en el amor y en el don de la vida. La autoridad, la estabilidad y la vida de relación en el seno de la familia constituyen los fundamentos de la libertad, de la seguridad, de la fraternidad en el seno de la sociedad10. La razón, si escucha la ley moral inscrita en el corazón humano, puede llegar al redescubrimiento de la familia. Comunidad fundada y vivificada por el amor11, la familia saca su fuerza de la alianza definitiva de amor con la que un hombre y una mujer se entregan recíprocamente, convirtiéndose juntos en colaboradores de Dios en el don de la vida»12.
El Concilio Vaticano II señala que el llamado amor libre («amore sic dicto libero»)13 constituye un factor disolvente y destructor del matrimonio, al carecer del elemento constitutivo del amor conyugal, que se funda en el consentimiento personal e irrevocable por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente, dando origen así a un vínculo jurídico y a una unidad sellada por una dimensión pública de justicia. Lo que el Concilio denomina como amor «libre», y contrapone al verdadero amor conyugal, era entonces –y es ahora– la semilla que engendra las uniones de hecho. Más adelante, con la rapidez con que hoy se originan los cambios socio-culturales, ha hecho germinar también los actuales proyectos de conferir estatuto público a esas uniones fácticas.