| Índice | Palabras: Alfabética - Frecuencia - Inverso - Longitud - Estadísticas | Ayuda | Biblioteca IntraText |
| Pontificio Consejo para la Familia Familia, matrimonio y uniones de hecho IntraText CT - Texto |
Elementos constitutivos de las uniones de hecho
(4) No todas las uniones de hecho tienen el mismo alcance social ni las mismas motivaciones. A la hora de describir sus características positivas, más allá de su rasgo común negativo, que consiste en postergar, ignorar o rechazar la unión matrimonial, sobresalen ciertos elementos. Primeramente, el carácter puramente fáctico de la relación. Conviene poner de manifiesto que suponen una cohabitación acompañada de relación sexual (lo que las distingue de otros tipos de convivencia) y de una relativa tendencia a la estabilidad (que las distingue de las uniones de cohabitación esporádicas u ocasionales). Las uniones de hecho no comportan derechos y deberes matrimoniales, ni pretenden una estabilidad basada en el vínculo matrimonial. Es característica la firme reivindicación de no haber asumido vínculo alguno. La inestabilidad constante debida a la posibilidad de interrupción de la convivencia en común es, en consecuencia, característica de las uniones de hecho. Hay también un cierto «compromiso», más o menos explícito, de «fidelidad» recíproca, por así llamarla, mientras dure la relación.