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  • LÍNEAS ECLESIOLÓGICAS DE FONDO DEL INSTRUMENTUM LABORIS
    • 3. Iglesia universal e iglesias particulares
      • 3.4.El obispo en la Iglesia universal, comunión de iglesias
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3.4.El obispo en la Iglesia universal, comunión de iglesias

 

En virtud de la consagración episcopal, el obispo forma parte del colegio de los obispos y está inserto en la comunión ministerial que une a los miembros del colegio con su Cabeza, el sucesor de Pedro. «Cada obispo es pastor de una iglesia particular en cuanto es miembro del colegio de los obispos». Siendo el «episcopado uno e indivisible» (LG 18) «cada obispo está simultáneamente en relación con la iglesia particular y con la Iglesia universal». En cuanto miembro del colegio de obispos «lleva en sí el vínculo visible de comunión eclesial entre su iglesia y la Iglesia universal». Los obispos, custodiando «la comunión jerárquica con la Cabeza del Colegio episcopal y con el mismo Colegio en su totalidad, dan consistencia y figura a la catolicidad de la Iglesia; al mismo tiempo confieren a la iglesia particular, de la que son encargados, la misma nota de catolicidad» (cf. n. 65).

«Esta unión, o comunión fraterna de caridad, o afecto colegial, es la fuente de la solicitud que cada obispo, por institución y mandato de Cristo, tiene con respecto a toda la Iglesia y a todas las otras iglesias particulares» (n. 66). Del hecho de ser legítimo sucesor de los apóstoles y miembro del colegio episcopal, «surge el deber de todo obispo de ser en cierto modo garante de la Iglesia toda (sponsor Ecclesiae)» (n. 66).

Múltiples son los lazos de comunión que unen a los obispos con el ministerio del sucesor de Pedro, «visible principio y fundamento de la unidad de la Iglesia» (LG 22-23) (cf. n. 67). «En primer lugar, la comunión en la vida divina, especialmente a través de la celebración de la Eucaristía, fundamento de la unidad de la Iglesia en Cristo (...) Luego, la comunión en la predicación del Evangelio y en la recta doctrina, en fidelidad al magisterio de la Iglesia que el Romano Pontífice ejerce, especialmente en las cuestiones de fe y costumbres (...) Por último, también la necesaria unidad en la disciplina eclesiástica es signo de comunión en la verdad y en la vida, aún con las legítimas variaciones, según el derecho» (n. 68).

Son varias las formas de participación y ejercicio de la colegialidad mediante la cual el obispo actúa «su solicitud por todas las iglesias diseminadas por el mundo y la dimensión de misión, de cooperación y de colaboración misioneras» (n. 69). Se examinen distintamente: el sínodo de los obispos, la participación en los organismos de la Santa Sede, las visitas ad limina, las conferencias episcopales, las instituciones sinodales propias de las iglesias orientales, los organismos que unen a las conferencia episcopales (cf. nn 69-72). Una vez reconocida la naturaleza teológica y jurídica propia de cada una de estas formas, se subraya el espíritu de comunión efectiva y afectiva que debería de caracterizar la labor de discernimiento profético para el bien del conjunto de las iglesias (cf. nn. 73-74). En particular, se recuerda «la instancia de incrementar las relaciones mutuas entre las Conferencias episcopales, los Superiores generales y sus mismas conferencias, con el fin de favorecer la riqueza de los carismas y de trabajar por el bien de la Iglesia universal y particular» (n. 92)

A propósito de estas diversas formas de colaboración, el instrumentum registra la situación existente. No presenta propuestas dirigidas a favorecer una mejor subdivisión de competencias y responsabilidades, y un mejor coordinamiento que ayude a superar, por un lado, un desbordante centralismo romano (denunciado por muchos) con el que se ejerce el ministerio petrino y, por el otro, la excesiva reivindicación de autonomía en el ejercicio de la colegialidad mediante los organismos señalados (temido por otros).

La cuestión está al orden del día del Concistorio de 21-24 de mayo, que entre los demás fines tiene él de sugerir indicaciones para que sea operativo el objetivo propuesto en la Novo Millennio Ineunte: «valorar y desarrollar aquellos servicios específicos de la comunión que son el ministerio petrino, y, en estrecha colaboración con él, la colegialidad episcopal (…) Realidades que tienen su fundamento y su consistencia en el designio mismo de Cristo sobre la Iglesia, pero que precisamente por eso necesitan de una continua verificación que asegure su auténtica inspiración evangélica. También se ha hecho mucho, desde el Concilio Vaticano II, en lo que se refiere a la reforma de la Curia Romana, la organización de los Sínodos y el funcionamiento de las Conferencias Episcopales. Pero queda ciertamente aún mucho por hacer para expresar de la mejor manera las potencialidades de estos instrumentos de la comunión, particularmente necesarios hoy ante la exigencia de responder con prontitud y eficacia a los problemas que la Iglesia tiene que afrontar en los cambios tan rápidos de nuestro tiempo» (NMI 44).

Puede ayudar quizás a formular las propuestas al respecto lo dicho en el subsidio sobre la globalización, elaborado por la comisión teológica de la USG que se encuentra en el apéndice.

 




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