5.
Criterios para una administración fraterna y transparente
29. Francisco permitió el recurso a los medios
extraordinarios por manifiesta necesidad de los enfermos (cfr. Rnb 8,3) y de
los leprosos (cfr. Rnb 8, 10). Hoy tenemos otras " manifiestas
necesidades" - que habrá que verificar con atención - que exigen el
recurso a medios extraordinarios como las reservas/ inversiones. Por lo que:
30. La vida
fraterna exige transparencia también en las administraciones locales,
provinciales y de la la Orden. Esta transparencia comienza en el hermano,
continúa en la fraternidad local y tiene su complemento en la Circunscripción a
la que pertenece la fraternidad.
La transparencia expresa y facilita la
fraternidad y la solidaridad entre todos los miembros de la Orden.
31. Los capítulos
locales son el momento privilegiado para elaborar los presupuestos de la
fraternidad y para verificar el uso correcto del dinero. De hecho, también nuestra
ecomía debe ser expresión de fraternidad y en el capítulo local se da el lugar
apropiado para la confrontación con los otros valores como el evangélico, la
minoridad, etc.
32. Para lograr
la transparencia en las distintas administraciones es necesario que en toda
relación ecónomica anual a nivel de fraternidad, de Circunscripción y de Orden,
se indique:
El estado patrimonial o balance;
Las cuentas económicas o memoria de la gestión con las entradas y salidas;
El presupuesto anual.
Para poder formular correctamente los presupuestos es indispensable un modelo
de contabilidad bien estructurado.
33. La
fraternidad local puede tener capitales invertidos solamente a corto plazo
(liquidez). El capital a su disposición tiene en cuenta lo necesario para la gestión
ordinaria de la comunidad. El superior mayor con su consejo establece el techo
máximo dentro del cual cada fraternidad puede desarrollar su gestión (cfr.
Const. 73,2). A este fin, las circunscripciones elaboren unos modelos o módulos
apropiados, y estudien la oportunidad de una administración económica
centralizada a nivel provincial.
34. La
transparencia es también necesaria para las entidades provinciales
administradas separadamente: misiones, actividades pastorales, obras sociales y
fondos diversos. El órgano de las decisiones y el control lo tiene siempre el
superior mayor con su consejo. El control administrativo podrá ser confiado por
el superior a personas u otros órganos competentes en el marco de las finanzas,
compuestos por religiosos o seglares.
35. En la
relación administrativa de cada Circunscripción deben constar las inversiones
financieras destinadas sea al servicio de la provincia sea a otras obras. En lo
que se refiere al estado de cuentas, debe figurar en él también el valor
comercial de los bienes no instrumentales, es decir, aquéllos que no sirven
para una gestión ordinaria de la circunscripción (por ejemplo, terrenos,
construcciones no utilizadas, casas en alquiler, etc.).
36. Teniendo en cuenta
los criterios de solidaridad establecidos en este VI CPO, cada circunscripción,
después de haber escuchado la propia Conferencia, y teniendo en cuenta nuestras
Constituciones (cfr. nn. 67,7; 73,1), decida a nivel de Definitorio, o
eventualmente de Capítulo, cuanto sea necesario para la propia gestión
ordinaria y a cuánto deben llegar sus reservas/inversiones para los gastos
extraordinarios ad intra (mantenimiento de los edificios, enfermos, seguros del
personal, formación) y para la solidaridad ad extra (misiones y caridad).
37. En cuanto a
las inversiones, además de la transparencia, es necesario que nos atenemos a
los principios éticos. En referencia a las Constituciones (cfr. n.66,3),
consideramos aceptables las formas de inversión en uso hoy en la sociedad
civil. Pero para nosotros existen condiciones que es preciso respetar:
Evaluar los efectos tanto positivos
como negativos de toda inversión ("responsabilidad ética"),
promoviendo, en cuanto sea posible, inversiones en consonancia con la justicia.
Evitar las inversiones únicamente especulativas.
En cuanto posible, hacer tales inversiones en la propia área socio-económica o
en los países más pobres.
En este contexto, es importante que
cada circunscripción verifique su propio modo de obrar, teniendo en cuenta las
circunstancias de otras circunscripciones y las leyes financieras y de control
de los respectivos países. Las operaciones de inversión no pueden ser
competencia de una sola persona, sino que deben ser aprobadas por los
superiores mayores y pueden aprovecharse del asesoramiento de personas seglares
competentes, especializadas en el campo financiero y que conocen el carácter
evangélico de nuestra Orden.
38. En cuanto a
las casas, las indicaciones de las Constituciones y de los precedentes Consejos
Plenarios son más que suficientes para soluciones concretas (cfr. I CPO, n.53).
Los hermanos deben vivir en este mundo como peregrinos y forasteros. Por tanto
animamos a todos los hermanos a reexaminar si los lugares donde habitan
actualmente dan la suficiente impresión de la dependencia de la providencia
divina y a verificar si son proporcionados al número de hermanos y a las
actividades que allí se realizan.
39. Nuestras
casas sean sencillas y acogedoras y en ellas se conjugue la modesta sobriedad
del hábitat con un cierto gusto y armonía. Nuestras opciones de vida deben
dejar la propia huella también en las construcciones y en los ambientes; de
hecho, es el espíritu quien debe plasmar la materia.
40. Los
alquileres de los inmuebles de nuestra propiedad sean admitidos según el
contexto en que se vive y según las indicaciones que el Ministro general con su
Definitorio creerán oportuno dar. Pero privilegiamos la alienación de los
bienes y de los espacios no utilizados por nosotros. Si esto no es posible, sean
destinados a fines sociales con alquileres no especulativos.
41. Se organicen
cursos para preparar adecuadamente hermanos que sepan unir compe-tencia en la
administración económica moderna y coherencia con nuestro estilo de vida.
42. A norma de
las Constituciones ( n. 71, 5-6 ; cfr. n.163,3), las relaciones de mitad
del trienio de los Superiores Mayores al respectivo Superior sean transparentes
y exhaustivas, aún en el aspecto económico. A este fin se elabore un módulo
válido para todas las circunscripciones. En el contexto actual de la
globalización, es necesaria una buena red informativa para mejorar la justicia
en la distribución de las ayudas necesarias para las circunscripciones
necesitadas.
43. La
transparencia que viene propuesta para las fraternidades y para las
circunscripciones es también válida a nivel de la Orden. En la caja de la Curia
general, además de lo establecido (por ejemplo, la contribución anual de las
circunscripciones y el 10 % de las entradas para las misiones), debe confluir
lo superfluo de cada provincia y los eventuales donativos no utilizados (cfr.
Const. 67,7). Se eviten inversiones a largo plazo de capitales destinados para
una inmediata solidaridad (por ejemplo, los estipendios de las misas, los
donativos para los pobres).
44. La Curia
general es el organismo competente para garantizar la solidaridad y la
fraternidad a nivel mundial. Interviene a través de estructuras aptas en
aquellas circunscripciones que no son capaces de garantizar las necesidades
vitales de los hermanos (lo necesario para la alimentación, la formación, la
salud, las necesidades de los ancianos). Es necesario que al coordinar las
intervenciones de la solidaridad se tenga presente el contexto cultural y
social en el que viven los hermanos.
45. Es aconsejable
que el Ministro general con su Definitorio establezca las modalidades, y cree
las estructuras necesarias a fin de que la solidaridad pueda ser efectiva y
eficiente. La gestión de los fondos, de la que el ministro general con el
consentimiento del definitorio dispone para responder a estas exigencias, venga
evaluada en cada Capítulo.
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