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| Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica Elementos esenciales de la doctrina de la Iglesia sobre la vida religiosa IntraText CT - Texto |
20. El consejo evangélico de la pobreza a imitación de Cristo, exige una vida pobre de hecho y de espíritu, sujeta al trabajo, sobria y desprendida de los bienes materiales. La profesión por voto lleva consigo para el religioso la dependencia y limitación en el uso y disposición de los bienes temporales, en conformidad con el derecho propio del instituto (c. 600).
21. Por el voto de pobreza, los religiosos renuncian al libre uso y disposición de los bienes que tienen valor material. Antes de la primera profesión, ceden la administración de sus bienes a quien lo deseen y. a menos que las constituciones determinen otra cosa, disponen libremente de su uso y usufructo (c. 668 § 1). Todo lo que el religioso adquiere con su propio trabajo, por donación o en cuanto religioso, es adquirido para el instituto; todo lo adquirido a modo de pensión, subsidio o seguro, es también adquirido para el instituto, a no ser que el derecho propio establezca otra cosa (c. 668 § 3).