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| Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, Congregación para los Obispos Mutuae relationes IntraText CT - Texto |
Algunas conclusiones orientadoras
14. - De las consideraciones hechas acerca de la vida religiosa podemos recabar las siguientes conclusiones explicativas:
a) los Religiosos y sus comunidades están llamados a dar en la Iglesia un público testimonio de entrega total a Dios. Esta es la opción fundamental de su existencia cristiana y la tarea que ante todo deben realizar dentro de su forma de vida propia. Cualquiera que sea la índole del Instituto, los Religiosos están consagrados a hacer pública profesión en la Iglesia-Sacramento, de que el mundo no puede ser transfigurado y ofrecido a Dios sin el espíritu de las bienaventuranzas (LG 31);
b) todos los Institutos religiosos han nacido a causa de la Iglesia y para ella; obligación de los mismos es enriquecerla con sus propias características en conformidad con su espíritu peculiar y su misión específica. Por lo tanto los religiosos renovarán cuidadosamente su propia conciencia eclesial, cooperando a la edificación del Cuerpo de Cristo, perseverando en la fidelidad a la Regla y obedeciendo a los propios Superiores (cfr. PC 14; CD 35, 2);
c) los Superiores de los Religiosos tienen la obligación grave que han de considerar de primaria importancia, de fomentar por todos los medios a su alcance la fidelidad de los religiosos al carisma del Fundador, promoviendo al mismo tiempo la renovación que prescribe el Concilio y exigen los tiempos. Harán todo lo que esté en su mano para que los religiosos sean orientados eficaz y apremiantemente a la consecución de dicho fin: y, ante todo, procurarán que los religiosos se preparen para ello con una formación adecuada y que responda a las exigencias de los tiempos (PC 2, d; 14; 18).
Finalmente, teniendo presente que la Vida Religiosa requiere por su misma naturaleza la coparticipación de los religiosos, los Superiores procurarán favorecerla, ya que sin la colaboración de todos los miembros del Instituto, no pueden conseguirse ni una renovación eficaz ni una acomodación verdadera (PC 4).