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Ioannes Paulus PP. II
Apostolos suos

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22. Al afrontar nuevas cuestiones y al hacer que el mensaje de Cristo ilumine y guíe la conciencia de los hombres para resolver los nuevos problemas que aparecen con los cambios sociales, los Obispos reunidos en la Conferencia Episcopal ejercen juntos su labor doctrinal bien conscientes de los límites de sus pronunciamientos, que no tienen las características de un magisterio universal, aun siendo oficial y auténtico y estando en comunión con la Sede Apostólica. Por tanto, eviten con cuidado dificultar la labor doctrinal de los Obispos de otros territorios, siendo conscientes de la resonancia que los medios de comunicación social dan a los acontecimientos de una determinada región en áreas más extensas e incluso en todo el mundo.

Dando por supuesto que el magisterio auténtico de los Obispos, es decir, aquel que realizan revestidos de la autoridad de Cristo, debe estar siempre en comunión con la Cabeza del Colegio y con sus miembros,(83) si las declaraciones doctrinales de las Conferencias Episcopales son aprobadas por unanimidad, pueden sin duda ser publicadas en nombre de la Conferencia misma, y los fieles deben adherirse con religioso asentimiento del ánimo a este magisterio auténtico de sus propios Obispos. Sin embargo, si falta dicha unanimidad, la sola mayoría de los Obispos de una Conferencia Episcopal no puede publicar una eventual declaración como magisterio auténtico de la misma al que se deben adherir todos los fieles del territorio, salvo que obtenga la revisión (recognitio) de la Sede Apostólica, que no la dará si la mayoría no es cualificada. La intervención de la Sede Apostólica es análoga a la exigida por el derecho para que la Conferencia Episcopal pueda emanar decretos generales.(84) La revisión (recognitio) de la Santa Sede sirve además para garantizar que, al afrontar las nuevas cuestiones planteadas por los rápidos cambios sociales y culturales característicos del tiempo presente, la respuesta doctrinal favorezca la comunión y no prejuzgue, sino que prepare, posibles intervenciones del magisterio universal.




83) Cf. ibid., Const. dogm. Lumen gentium, sobre la Iglesia, 25; C.I.C., c. 753.



84) Cf. C.I.C., c. 455.






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