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Ioannes Paulus PP. II Pastor bonus IntraText CT - Texto |
Congregación para los Clérigos
La Congregación, salvó el derecho de los obispos y de sus Conferencias, examina lo referente a los presbíteros y diáconos del clero secular en orden a las personas, al ministerio pastoral, y a lo que les es necesario para el ejercicio de ese ministerio; y en todo esto ofrece a los obispos la ayuda oportuna.
De acuerdo con su función, se ocupa de promover la formación religiosa de tos fieles cristianos de toda edad y condición: da las normas oportunas para que la enseñanza de la catequesis se imparta de modo conveniente: vigila para que la formación catequética se imparta como es debido: concede la aprobación de la Santa Sede, prescrita para los catecismos y los otros escritos relativos a la formación catequética, con el consentimiento de la Congregación de la Doctrina de la Fe: asiste a los departamentos de catequesis y sigue las iniciativas referentes a la formación religiosa, que tengan carácter internacional, coordina su actividad y les ofrece su ayuda, si fuere necesario.
§1. Tiene competencia en lo que se refiere a la vida, disciplina, derechos y obligaciones de los clérigos.
§2. Provee a una distribución más adecuada de los presbíteros.
§3. Promueve la formación permanente de los clérigos, especialmente en lo referente a su santificación y al ejercicio eficaz del ministerio pastoral, sobre todo respecto a la diaria predicación de la Palabra de Dios.
Corresponde a esta Congregación tratar todo lo referente al estado clerical en cuanto tal por lo que hace a todos los clérigos, incluidos los religiosos, consultando a los dicasterios interesados cuando la circunstancia lo requiera.
La Congregación trata las cuestiones de competencia de la Santa Sede relativas a:
1º los consejos presbiterales, las asambleas de consultores, los capítulos de canónigos, los consejos pastorales, las parroquias, las iglesias, los santuarios, las asociaciones de clérigos y los archivos eclesiásticos;
2º las cargas de Misas, así como las pías voluntades en general y las fundaciones pías.
La Congregación se ocupa de todo 1o que corresponde a la Santa Sede referente al ordenamiento de los bienes eclesiásticos, y especialmente a la recta administración de dichos bienes concede las necesarias aprobaciones o reconocimientos; además, procura que se provea al sustentamiento y a la seguridad social de los clérigos.