5. Esta mayor conciencia de si misma que adquirió la
Iglesia, debía llevar espontáneamente a una nueva
adaptación de la Curia Romana, según las exigencias de nuestra
época. En efecto, los padres del Concilio reconocieron que hasta
entonces la Curia había dado una ayuda preciosa al Romano
Pontífice y a los Pastores de la Iglesia, pero al mismo tiempo
expresaron el deseo de que se diera a los dicasterios de la misma un nuevo
ordenamiento, más adecuado a las necesidades de los tiempos, de los
lugares y de los ritos. Respondiendo a los deseos del Concilio, Pablo VI
llevó diligentemente a cabo la reordenación de la Curia, con la
publicación, el 15 de agosto de 1967, de la Constitución
Apostólica Regimini Ecclesiae universae.
Por medio de esta Constitución, mi Predecesor determinó con
más precisión la estructura, la competencia y la forma de
proceder de los dicasterios existentes, y constituyó otros nuevos, con
la finalidad de promover en la Iglesia iniciativas pastorales particulares,
mientras que los otros dicasterios continuaban desarrollando su función
de jurisdicción y de gobierno: de ese modo resultó que la
composición de la Curia reflejaba más claramente la multiforme
imagen de la iglesia universal. Entre otras cosas, Pablo VI llamó a
formar parte de la misma Curia a obispos diocesanos, y proveyó a la
coordinación interna de los dicasterios por medio de reuniones
periódicas de sus cardenales dirigentes, con el fin de examinar los
problemas comunes consultándose mutuamente. Además, introdujo la
sección segunda en el Tribunal de la Signatura Apostólica para
tutelar d modo más conveniente los derechos esenciales de los fieles.
Pero Pablo VI sabía bien que la reforma de instituciones tan antiguas
exigía ser estudiada más atentamente, y por eso ordenó
que, transcurridos cinco años de la promulgación de la
Constitución, el nuevo ordenamiento de todo el conjunto se examinara de
nuevo más a fondo, para ver al mismo tiempo si se ajustaba a los postulados
del Concilio Vaticano II y si respondía a las
exigencias del pueblo cristiano y de la sociedad civil, de forma que, si fuere
necesario, se diese a la Curia una mejor configuración. A ese menester
se dedicó una comisión especial de prelados que, bajo la
presidencia de un cardenal, desarrolló activamente su propia tarea hasta
la muerte del Pontífice.
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