| Índice | Palabras: Alfabética - Frecuencia - Inverso - Longitud - Estadísticas | Ayuda | Biblioteca IntraText |
| Gregorius PP. IX Quo elongati IntraText CT - Texto |
12
En octavo lugar, por el hecho de que en la Regla se dice: Cuando fallezca el ministro general, hágase la elección del sucesor por los ministros provinciales y custodios en el Capítulo de Pentecostés; algunos dudan si debe acudir al Capítulo general la multitud de todos los custodios, o bien puede ser suficiente, para que se puede tratar todo con mayor tranquilidad, que intervengan en él solamente algunos de cada provincia, que expresen también el parecer de los demás. Respondemos que los custodios de cada provincia deben elegir a uno de ellos para enviar al Capítulo junto al ministro provincial, al cual confiarán su parecer, y esto cuando lo hayan establecido por su cuenta, nos proponemos aprobar tal estatuto.