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Paulus PP. VI
Humanae vitae

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Vías ilícitas para la regulación de los nacimientos

14. En conformidad con estos principios fundamentales de la visión humana y cristiana del
matrimonio, debemos una vez más declarar que hay que excluir absolutamente, como vía lícita
para la regulación de los nacimientos, la interrupción directa del proceso generador ya iniciado, y
sobre todo el aborto directamente querido y procurado, aunque sea por razones terapéuticas
14

Hay que excluir igualmente, como el Magisterio de la Iglesia ha declarado muchas veces, la
esterilización directa, perpetua o temporal, tanto del hombre como de la mujer 15; queda
además excluida toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el
desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga, como fin o como medio, hacer
imposible la procreación 16

Tampoco se pueden invocar como razones válidas, para justificar los actos conyugales
intencionalmente infecundos, el mal menor o el hecho de que tales actos constituirían un todo con
los actos fecundos anteriores o que seguirán después y que por tanto compartirían la única e
idéntica bondad moral. En verdad, si es lícito alguna vez tolerar un mal moral menor a fin de
evitar un mal mayor o de promover un bien más grande 17, no es lícito, ni aun por razones
gravísimas, hacer el mal para conseguir el bien 18, es decir, hacer objeto de un acto positivo
de voluntad lo que es intrínsecamente desordenado y por lo mismo indigno de la persona
humana, aunque con ello se quisiese salvaguardar o promover el bien individual, familiar o social.
Es por tanto un error pensar que un acto conyugal, hecho voluntariamente infecundo, y por esto
intrínsecamente deshonesto, pueda ser cohonestado por el conjunto de una vida conyugal
fecunda




14. Cfr. Catechismus Romanus Concilii Tridentini, pars. II, c. VIII; Pío XI, Enc. Casti Connubii, AAS 22 (1930), pp. 562-564; Pío XII, Discorsi e Radiomessaggi, VI, pp. 191-192, AAS 43
(1951), pp. 842-843, pp. 857-859; Juan XXIII, Enc. Pacem in terris, 11 de abril de 1963, AAS 55 (1963), pp. 259-260; Gaudium et Spes, n. 51



15. Cfr. Pío XI, Enc. Casti connubii, AAS 22 (1930), n. 565; Decreto del S. Oficio, 22 de febrero de 1940, AAS 32 (1940), p. 73; Pío XII, AAS 43 (1951), pp. 843-844; AAS 50 (1958), pp. 734-735



16. Cfr. Catechismus Romanus Concilii Tridentini, pars II, c. VIII; Pío XI, Enc. Casti connubii,
AAS 22 (1930), pp. 559-561; Pío XII, AAS 43 (1951), p. 843; AAS 50 (1958), pp.
734-735; Juan XXIII, Enc. Mater et Magistra, AAS 53 (1961), n. 447



17. Cfr. Pío XII, Aloc. al Congreso Nacional de la Unión de Juristas Católicos Italianos, 6
diciembre 1953, AAS 45 (1953), pp. 798-799



18. Cfr. Rom., 3, 8






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