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| Paulus PP. VI Humanae vitae IntraText CT - Texto |
Respetar la naturaleza y
la finalidad del acto matrimonial
11. Estos actos, con los cuales los esposos se unen en casta
intimidad, y a través de los cuales
se transmite la vida humana, son, como ha recordado el Concilio, "honestos
y dignos" 11, y no
cesan de ser legítimos si, por causas independientes de la voluntad de los
cónyuges, se prevén
infecundos, porque continúan ordenados a expresar y consolidar su unión. De
hecho, como
atestigua la experiencia, no se sigue una nueva vida de cada uno de los actos
conyugales. Dios
ha dispuesto con sabiduría leyes y ritmos naturales de fecundidad que por sí
mismos distancian
los nacimientos. La Iglesia, sin embargo, al exigir que los hombres observen
las normas de la ley
natural interpretada por su constante doctrina, enseña que cualquier acto
matrimonial (quilibet
matrimonii usus) debe quedar abierto a la transmisión de la vida 12.