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Pius PP. XI
Casti connubii

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11. Se completa, sin embargo, el cúmulo de tan grandes beneficios y, por decirlo así, hállase coronado, con aquel bien del matrimonio que en frase de San Agustín hemos llamado Sacramento, palabra que significa tanto la indisolubilidad del vínculo como la elevación y consagración que Jesucristo ha hecho del contrato, constituyéndolo signo eficaz de la gracia.

Y, en primer lugar, el mismo Cristo insiste en la indisolubilidad del pacto nupcial cuando dice: "No separe el hombre lo que ha unido Dios"33, y: "Cualquiera que repudia a su mujer y se casa con otra, adultera, y el que se casa con la repudiada del marido, adultera"34.

En tal indisolubilidad hace consistir San Agustín lo que él llama bien del sacramento con estas claras palabras: "Como sacramento, pues, se entiende que el matrimonio es indisoluble y que el repudiado o repudiada no se una con otro, ni aun por razón de la prole"35.

Esta inviolable indisolubilidad, aun cuando no en la misma ni tan perfecta medida a cada uno, compete a todo matrimonio verdadero, puesto que habiendo dicho el Señor, de la unión de nuestros primeros padres, prototipo de todo matrimonio futuro: "No separe el hombre lo que ha unido Dios", por necesidad ha de extenderse a todo verdadero matrimonio. Aun cuando antes de la venidad el Mesías se mitigase de tal manera la sublimidad y serenidad de la ley primitiva, que Moisés llegó a permitir a los mismos ciudadanos del pueblo de Dios que por dureza de su corazón y por determinadas razones diesen a sus mujeres libelo de repudio, Cristo, sin embargo, revocó, en virtud de su poder de legislador supremo, aquel permiso de mayor libertad y restableció íntegramente la ley primera, con aquellas palabras que nunca se han de echar en olvido: "No separe el hombre lo que ha unido Dios".

Por lo cual muy sabiamente escribió Nuestro antecesor Pío VI, de f. m., contestando al Obispo de Agra: "Es, pues, cosa clara que el matrimonio, aun en el estado de naturaleza pura y, sin ningún género de duda, ya mucho antes de ser elevado a la dignidad de sacramento propiamente dicho, fue instituido por Dios, de tal manera que lleva consigo un lazo perpetuo e indisoluble, y es, por lo tanto, imposible que lo desate ninguna ley civil. En consecuencia, aunque pueda estar separada del matrimonio la razón de sacramento, como acontece entre los infieles, sin embargo, aun en este matrimonio, por lo mismo que es verdadero, debe mantenerse y se mantiene absolutamente firme aquel lazo, tan íntimamente unido por prescripción divina desde el principio al matrimonio, que está fuera del alcance de todo poder civil. Así, pues, cualquier matrimonio que se contraiga, o se contrae de suerte que sea en realidad un verdadero matrimonio, y entonces llevará consigo el perpetuo lazo que por ley divina va anejo a todo verdadero matrimonio; o se supone que se contrae sin dicho perpetuo lazo, y entonces no hay matrimonio, sino unión ilegítima, contraria, por su objeto, a la ley divina, que por lo mismo no se puede lícitamente contraer ni conservar"36.




33 Mat. 19, 6



34 Luc. 16, 18



35 S. Aug. De Gen. ad litt. 9, 7, 12



36 Pius VI Rescript. ad Episc. Agriens. 11de julio de 1789






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