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Pius PP. XI
Casti connubii

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12. Y aunque parezca que esta firmeza está sujeta a alguna excepción, bien que rarísima, en ciertos matrimonios naturales contraídos entre infieles o también, tratándose de cristianos, en los matrimonios ratos y no consumados, tal excepción no depende de la voluntad de los hombres, ni de ninguna autoridad meramente humana, sino del derecho divino, cuya depositaria e intérprete es únicamente la Iglesia de Cristo. Nunca, sin embargo, ni por ninguna causa, puede esta excepción extenderse al matrimonio cristiano rato y consumado, porque así como en él resplandece la más alta perfección del contrato matrimonial, así brilla también, por voluntad de Dios, la mayor estabilidad e indisolubilidad, que ninguna autoridad humana puede desatar.

Si queremos investigar, Venerables Hermanos, la razón íntima de esta voluntad divina, fácilmente la encontraremos en aquella significación mística del matrimonio, que se verifica plena y perfectamente en el matrimonio consumado entre los fieles. Porque, según testimonio del Apóstol, en su carta a los de Efeso37, el matrimonio de los cristianos representa aquella perfectísima unión existente entre Cristo y la Iglesia: este sacramento es grande, pero yo digo, con relación a Cristo y a la Iglesia; unión, por lo tanto, que nunca podrá desatarse mientras viva Cristo y la Iglesia por El.

Lo cual enseña también expresamente San Agustín con las siguientes palabras: "Esto se observa con fidelidad entre Cristo y la Iglesia, que por vivir ambos eternamente no hay divorcio que los pueda separar; y esta misteriosa unión de tal suerte se cumple en la ciudad de Dios... es decir, en la Iglesia de Cristo..., que aun cuando, a fin de tener hijos, se casen las mujeres, y los varones tomen esposas, no es lícito repudiar a la esposa estéril para tomar otra fecunda. Y si alguno así lo hiciere, será reo de adulterio, así como la mujer si se une a otro: y esto por la ley del Evangelio, no por la ley de este siglo, la cual concede, una vez otorgado el repudio, el celebrar nuevas nupcias con otro cónyuge, como también atestigua el Señor que concedió Moisés a los israelitas a causa de la dureza de su corazón"38.




37 Eph. 5, 32. 



38 S. Aug. De nupt. et concup. 1, 10. 






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