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Pius PP. XI
Casti connubii

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14. Pero en este bien del sacramento, además de la indisoluble firmeza, están contenidas otras utilidades mucho más excelsas, y aptísimamente designadas por la misma palabra Sacramento; pues tal nombre no es para los cristianos vano ni vacío, ya que Cristo Nuestro Señor, "fundador y perfeccionador de los venerables sacramentos"40, elevando el matrimonio de sus fieles a verdadero y propio sacramento de la Nueva Ley, lo hizo signo y fuente de una peculiar gracia interior, por la cual "aquel su natural amor se perfeccionase, se confirmara su indisoluble unidad, y los cónyuges fueran santificados"41.

Y porque Cristo, al consentimiento matrimonial válido entre fieles lo constituyó en signo de la gracia, tan íntimamente están unidos la razón de sacramento y el matrimonio cristiano, que no puede existir entre bautizados verdadero matrimonio sin que por lo mismo sea ya sacramento42.

Desde el momento en que prestan los fieles sinceramente tal consentimiento, abren para sí mismos el tesoro de la gracia sacramental, de donde hay de sacar las energías sobrenaturales que les llevan a cumplir sus deberes y obligaciones, fiel, santa y perseverantemente hasta la muerte.

Porque este sacramento, en aquellos que no ponen lo que se suele llamar óbice, no sólo aumenta la gracia santificante, principio permanente de la vida sobrenatural, sino que añade peculiares dones, disposiciones y gérmenes de gracia, elevando y perfeccionando las fuerzas de la naturaleza, de suerte tal que los cónyuges puedan no solamente bien entender, sino íntimamente saborear, retener con firmeza, querer con eficacia y llevar a la práctica todo cuanto pertenece al matrimonio y a sus fines y deberes; y para ello les concede, además, el derecho al auxilio actual de la gracia, siempre que la necesiten, para cumplir con las obligaciones de su estado.

Mas en el orden sobrenatural, es ley de la divina Providencia el que los hombres no logren todo el fruto de los sacramentos que reciben después del uso de la razón si no cooperan a la gracia; por ello, la gracia propia del matrimonio queda en gran parte como talento inútil, escondido en el campo, si los cónyuges no ejercitan sus fuerzas sobrenaturales y cultivan y hacen desarrollar la semilla de la gracia que han recibido. En cambio, si haciendo lo que está de su parte cooperan diligentemente, podrán llevar la carga y llenar las obligaciones de su estado, y serán fortalecidos, santificados y como consagrados por tan excelso sacramento, pues, según enseña San Agustín, así como por el Bautismo y el Orden el hombre queda destinado y recibe auxilios, tanto para vivir cristianamente como para ejercer el ministerio sacerdotal, respectivamente, sin que jamás se vea destituido del auxilio de dichos sacramentos, así y casi del mismo modo (aunque sin carácter sacramental) los fieles, una vez que se han unido por el vínculo matrimonial, jamás podrán ser privados del auxilio y del lazo de este sacramento. Más aún, como añade el mismo Santo Doctor, llevan consigo este vínculo sagrado aun los que han cometido adulterio, aunque no ya para honor de la gracia, sino para castigo del crimen, "como el alma del apóstata que, aun separándose de la unión de Cristo, y aun perdida la fe, no pierde el sacramento de la fe que recibió con el agua bautismal"43.




40 Conc. Trid. sess. 24. 



41 Ibid. 



42 C.I.C. c. 1012. 



43 S. Aug. De nupt. et concup. 1, 10. 






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