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José Luis Cortés López
Carlos I y el comercio de esclavos

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I.- La concesión a Bresa.

La insistente demanda de negros y el beneficio económico que podían suponer para la Hacienda Real, inclinaron muy pronto el ánimo del Emperador a retirar la prohibición de Cisneros, y a desarrollar y a aumentar el tráfico esclavista. Se encargó a la Casa de Contratación un estudio previo sobre el número necesario de esclavos, y ésta estimó una cantidad de cuatro mil para las islas de la Española, San Juan, Cuba y Jamaica. Las Casas nos describe así los hechos:

 

«Así como vino esta respuesta, no faltó quien de los españoles, por ganar gracias, dio el aviso al gobernador de Bressa, que era un caballero flamenco, según creo muy principal, que el rey había traído consigo y que era de su Consejo, que pidiese aquellas licencias por merced; pidióla, y el rey luego se la dio, y luego ginoveses se la compraron por 25.000 ducados y con condición que por ocho años no diese otra licencia el rey alguna»22.

 

El personaje en cuestión era Lorenzo de Gouvenot, barón de Montinay y maestre de la Casa real, uno de los favoritos del Emperador. Los españoles le conocían como Gaverrod y otros nombres similares. El 18 de agosto de 1518 se le expidió cédula

 

«para navegar los cuatro mil esclavos o esclavas (de cada uno la mitad que quisieren) tomándolos de la isla de Guinea y de las otras partes donde se acostumbra, y sin llevarlos a registrar a la casa de Contratación de Sevilla, pasarlos a las Indias»23.

 

Se le imponía como condición que, al desembarcar en América, se bautizara a todo el cargamento. Concedida la licencia, fue «luego vendida por 25.000 ducados a ginoveses, con mil condiciones que supieron pedir, y una fue que, dentro de ocho años, no pudiese dar licencia ninguna para traer esclavos negros a las Indias. Vendieron después cada licencia los ginoveses por cada negro a ocho ducados a lo menos...»24.

Otra de las ventajas más importante que había conseguido el de Bresa fue la exención del almojarifazgo, por cédula del 21 de octubre de ese mismo año. Los ocho años de monopolio debían contarse a partir de 1519. Según una carta al Emperador de los oficiales reales de la Española, Gouvenot «traspaso la dicha mercedal thesorero alonso gutierres de madrid y a otros sus compañeros por veynte e çinco mill ducados...»25.

Por otras fuentes conocemos que los tres grandes beneficiarios de estas licencias fueron los genoveses, afincados en Sevilla, Domingo de Forne, Agustín de Ribaldo y Fernando Vázquez, y, aunque las licencias se dieron expresamente para las cuatro islas, Scelle puntualiza que los arrendatarios se obligaron a introducir una cuarta parte en dichas islas y el resto iría a Yucatán y a otras partes del continente, descubiertas o por descubrir. Como el mismo Las Casas señala, los genoveses vendieron las licencias por ocho ducados a capitanes negreros que ya conocían perfectamente los mecanismos del tráfico esclavista. La especulación no se acabó con esta venta, cuyo montante hubiera sido sólo 32.000 ducados, sino que existieron otras operaciones intermedias ya que, siguiendo con el testimonio de Las Casas, los genoveses «se creyó que ganaron ello más de 280 y aun 300.000 ducados...»

 

1.- Las críticas a este monopolio comenzaron rápidamente, fundadas principalmente en dos hechos. pérdida económica para la Hacienda Real y perjuicio grave para los colonos por la demora en la llegada de los negros y sus excesivos precios:

 

 

a.- El dinero perdido por la Corona hay que referirlo a los dos ducados de cada licencia, el almojarifazgo (7,5% del valor de los 4000 esclavos), la pérdida de estos dos conceptos por los negros que se dejarían de importar durante estos ocho años, el quinto del oro que estos posibles negros pudiesen sacar y otros impuestos de menor cuantía. En la carta antes mencionada de los oficiales reales de la Española, se exponen con clarividencia estas pérdidas:

 

 

«por que desta merced vuestra altesa recibe mucho deseruicio asy en lo que toca a sus rentas reales como en la poblacion e remedio destas partes; hazemos saber a vuestra magestad que los derechos del almoxarifazgo con los otros derechos que se pagarian en la dicha casa de la contratacion que pertenece a vuestra alteza montan veynte e ocho mil ducados, syn que por aver tomado el estanco de los dichos negros para que no puedan pasar a estas partes en los dichos ocho años mas de los dichos cuatro mill, vuestra alteza pierde de solos los derechos mas de otros veynte e ocho mill ducados que se quieren de los esclavos que vinieren a estas yslas syn noticia, muy mayor cantidad que se disminuye en el quinto real del oro que los dichos esclavos sacaran en este tiempo, de mas que principalmente la poblacion e remedio destas yslas recibe mucho perjuicio...».

 

 

b.- El «mucho perjuicio» que se causó a los colonos por la carestía y encarecimiento de los negros fue, para Las Casas, el obstáculo principal que impidió la liberación de los indios, objetivo principal de su propuesta26. Dos años después de concedidas las licencias, el problema seguía con todo vigor y el licenciado Figueroa, en una carta dirigida al Monarca, le exponía la crítica situación de las islas:

 

 

«Los esclavos negros vienen muy despacio, que desde el mes de agosto del año pasado no an venido ningunos hasta agora que vinieron unos pocos; son muy deseados y vuestra magestad pierde mucho en ello, que se huvieran podido venir por mas manos pagando sus derechos; muchos vinieran en que vuestra magestad fuera seruido...»27.

 

 

En 1521, en una información que se hace sobre la gestión de Rodrigo de Bastidas, conquistador y pacificador de Santa Marta, los testigos señalaron que una de las causas por la que Bastidas no llevó a cabo todo lo previsto en su capitulación, fue precisamente la merced hecha al gobernador de Bresa. Un tal Diego Caballero se expresaba así en el proceso:

 

 

«A la veynte e una preguntasabe que S.M. hizo la dicha merced al dicho gobernador de Bresae que a cabsa del dicho vedamiento e defendimiento todos e los mas mercaderes que en esta isla tratan, e este testigo e los maestres e marineros e otras muchas personas que nuevamemte venian a esta isla, han dexado de traer los dichos esclavos, que los solian traer en cantidad; de que al dicho Rodrigo de Bastidas ha venido mucho dapno e perdida, por no se poder traer los dichos esclavos por mas de una persona. E que sabe asimismo que la persona que en nombre del Gobernador trae los esclavos, no trae muchos, segun se habian de traer...28».

 

 

Hacia finales del plazo concedido al monopolio, tampoco se había cumplido con las previsiones, por lo que había que hablar de fracaso. López de Mesa, en una carta dirigida al Emperador por cuyo contexto hay que situarla entre 1525-1527, seguía pidiendo desde la Concepción, en la Española, la llegada insistente de negros fiados para

 

 

«coger oro, e por no haber gente se deja de coger en mucha cantidad...; que para esto su Magestad haga merced a los que viven en la dicha ciudad e a ella vinieren a vivir, de cuatrocientos negros para que se repartan en la dicha ciudad entre los vecinos della, a cada uno según lo que justo fuere; e que estos tales negros se tasen en lo que costaren a su Magestad, puestos en esta ciudad, e los fíe por término de tres años, e que se dará seguridad para que se cobren sin se perder cosa alguna, e que con esta merced vernán a ella a vivir muchas personas...»29.

 

 

Desde muy pronto se percibió el fracaso a que conducía la concesión a Gouvenot, y varias fueron las personas que se dirigieron al Emperador suplicándole que se subsanase el error. La solución apuntada consistía en pagarle los veinticinco mil ducados al gobernador a condición que se retirara el monopolio, porque la Hacienda Real ganaría mucho más dinero si se introducían los negros libremente. Las Casas fue uno de ellos:

 

 

«Habló el clérigo al rey afirmándole que Su Alteza debía de hacer merced al dicho gobernador de Bressa de los 25.000 ducados de su cámara, porque les sería muy más barato, según el daño y deservicio que había de rescibir en no asentar la población destas islas, que por entonces se comenzaba, de lo cual necesariamente habían de suceder otros muchos inconvenientes y daños; pero como él tenía por entonces pocos dineros, y no se le podía por entonces dar todo a entender, no aprovechó nada»30.

 

 

Desde Santo Domingo, los oficiales reales citados proponían reducir a cuatro años el período de importación de los cuatro mil esclavos:

 

 

«Suplico a vuestra magestad, por lo que toca a su real seruicio e acrecentamiento de sus rentas reales, mande que la dicha merced, que asy hiso, sea para efeto que el dicho governador de biesa aya los dichos veynte e cinco mill ducados que por ella le dieron, pues vuestra alteza fue dello seruido, y no para que sus rentas sean dismynuidas en tan gran cantidad y los vecinos destas partes tan agrauiados, lo qual vuestra alteza podra mandar remediar mandando, que las personas que compraron la dicha merced al dicho governador, sean obligados a pasar los dichos quatro mill esclavos en termino de los quatro años primeros, y dende en adelante vuestra altesa de licencia general a todos los que quisieren pasar a estas yslas los dichos esclavos lo puedan hazer, pues esta mysma libertad tienen los otros reynos e señorios de vuestra magestad...»

 

 

Los veinticinco mil ducados que se devolverán al gobernador de Bresa quedarán ampliamente cubiertos con los más de cuarenta mil que se calculó que ingresaría la Hacienda real en los cuatro años siguientes de libertad, además del interés que se seguiría a la población31. Al año siguiente, volvían a insistir sobre el mismo tema, aunque presentían que su insistencia no iba a valer de mucho:

 

 

«Repetimos lo que ya en otra dejamos dicho, que es el gran daño que causa la merced hecha al gobernador de Bresa, merced que importa mucho revocar por las razones que tantas veces hemos espuesto e la necesidad de que se otorgue licencia general para traer esclavos a estas islas...»32.

 

 

Antes que los oficiales reales, los Jerónimos también habían escrito al monarca no para criticar directamente la concesión monopolista, sino para poner remedio a una situación extrema que, como se ve por otros testimonios, no fue solucionada por tal iniciativa:

 

 

«Su Magestad mande remediar como a estas partes pasen esclavos negros e negras sin imposiciones, e hacer otras muchas mercedes a los vezinos de las islas que quedan muy perdidos e destruidos desta pestilencia; que le certificamos a Vuestra Magestad que si la dicha pestilencia dura dos meses o mas, el año presente no se sacará oro ninguno en dicha Isla Española, e si algunos indios pocos quedasen, han de ser para guardar los ganados e sostener las haziendas, e Vuestra Alteza perdera en esta Isla mas de 53.000 castellanos, e se acabara de despoblar la tierra»33.

 

 

La especulación y la falta de control en el destino final de las licencias fue la causa principal del fracaso de esta primera concesión monopolista, que no cubrió los objetivos previstos. Pero también hay que señalar otras circunstancias que, al menos al principio, hicieron difícil cumplir el compromiso. Una muy particular fue la peste que asoló Sevilla en 1519, impidiendo la concentración de los esclavos. En el aludido proceso a Rodrigo de Bastidas, el testigo Francisco de Valladolid se expresaba así:

 

 

«A la diez e nueve preguntadixo que porqueste testigo se hallo en el dicho tiempo en la dicha cibdad de Sevilla e vio que habia la dicha pestilencia e era publico que asi mismo la habiae que vido dar en la dicha cibdad muchos pregones cerca dello; e que no se dexaban entrar negros de Portugal ni cargallos. E que por cabsa de lo susodicho, asi los dichos negros como otras muchas mercaderias se dexaron de cargar en el dicho tiempo e cesaron los trabtos destas partes en mucha cantidad, e que cree este testigo quel dicho almoxarifazgo recibiria mucha perdida e dapno en la dicha renta34».

 

 

Pero la causa principal hay que achacarla al encarecimiento del esclavo como consecuencia de dicha especulación y descontrol. El licenciado Figueroa, encargado de reducir a los indios para que vivieran en poblaciones propias, por carta fechada en Sevilla el 1 de abril de 1519, aclaraba la realidad del mercado esclavista:

 

 

«Los que hubieron la merced hecha al gobernador de Bresa, no quieren menos de doce ducados e medio por cada uno o pasarlos ellos»35.

 

 

Estos doce ducados y medio era sólo el precio de la licencia a la que, lógicamente, había que añadir el valor de la compra del esclavo. Un precio excesivo para los pobres colonos que, además, pedían esclavos fiados por algún tiempo.

 

2.- La promesa de no dar licencias de importación, durante los ocho años, no fue cumplida por el Emperador. Un mes después de firmado el acuerdo, una cédula, fechada en Zaragoza el 27 de septiembre de 1518, permitía al marqués de Astorga pasar cuatrocientos esclavos

 

«los ciento durante la licencia dada a Lorenzo de Goverrod, gobernador de Bresa, y los 300 pasado el término de esta licencia o merced».

 

Parece ser que este permiso también fue vendido por el marqués a banqueros genoveses. Al año siguiente, en el asiento y capitulación con el piloto Andrés Niño, sobre el descubrimiento que Gil González había de hacer en la Mar del Sur, aparte de los negros que van en la armada, se le dieron licencia para otros diez más. El mencionado Figueroa, en la carta aludida, dice expresamente:

 

«Otorgóseme también la merced de que yo pudiese pasar algunos esclavos e no se ha hecho el despacho».

 

En 1520, en la capitulación con el licenciado Serrano, para ir a poblar la isla de Guadalupe, en el punto primero se le da facultad para llevar negros. Al año siguiente, a D. Alonso Manso, Obispo de San Juan e Inquisidor de las Indias, se le concedió el paso de veinte negros. Por cédula del 15 de octubre de 1522, el tesorero de la Nueva España, Alonso de Estrada, recibió facultad para introducir doce esclavos con obligación de que no pueda venderlos36.

 

Todas estas licencias podían estar destinadas a cubrir usos domésticos y no comerciales, con lo que se cumpliría el espíritu del contrato con el de Bresa; pero tal interpretación es difícil en el caso del marqués de Astorga. En el asiento con Bartolomé de Las Casas, se hace clara mención del destino de los esclavos:

 

«11. Otrosique vos el dicho Bartolomé de las Casas e los dichos cincuenta hombres podáis llevar e lleveis destos nuestros reinos, cada uno de vos, otros tres esclavos negros para vuestro servicio, la mitad dellos hombres e la mitad mujeres, e que despues que estén hechos todos los tres pueblos e haya cantidad de gente de cristianos en la dicha Tierra Firme, e pareciendo a vos el dicho Bartolomé de Las Casas que conviene así, que podáis llevar vos e cada uno de los dichos cincuenta hombres otros siete esclavos negros para su servicio, la mitad hombres e la mitad mujeres, e para ello se vos den todas las cedulas de licencia que sean menester; con tanto que esto se entienda sin perjuicio de la merced e licencia que tenemos dada al gobernador de Bresa para pasar cuatro mil esclavos a las Indias e Tierra Firme...»37.

 

También al bachiller Álvaro de Castro, deán de la Iglesia de la Concepción en Cuba, se le señaló el destino que habían de tener los negros concedidos en 1520:

 

«le aviamos dado licencia para pasar a la dicha isla doscientos esclavos, los medios machos y las otras henbras, para entender en el exercicio de sus grangerias...»38.

 

Sin embargo, los treinta negros permitidos a dos mercaderes vizcaínos para introducirlos en la isla de Cubagua39, y los doscientos que también este año se concedieron al portugués Juan Pacheco para llevarlos a la Nueva España, tuvieron unos objetivos claramente comerciales. Era el último año del asiento de Gouvenot.

 

3.- Terminado el período de concesión de este monopolio, asistimos, en 1527, a concesiones de licencias esporádicas40, y, sobre todo, a la insistencia con que se siguen pidiendo africanos que, en definitiva, desembocará en la segunda experiencia monopolista. Sin duda ninguna, la Relacion del bachiller Alonso de Parada sobre alguna de las Yslas Antillas41 es el documento más esclarecedor sobre la necesidad del traslado de negros para posibilitar una colonización conveniente. Después de una somera descripción de las tierras, gentes y producciones de la Española, Fernandina (Cuba) y Santiago (Jamaica), dejando a un lado Puerto Rico, Parada concluye esta primera parte diciendo:

 

«que quedan en tal estado, que si brevemente Vuestra Magestad no lo manda remediar, las mas dellas se despueblan e acabaran de perderse».

 

Y como remedio esencial, casi exclusivo,

 

«Primeramente. Debe Vuestra Magestad mandar tomar contratacion con el Rey de Portogal, para quen las dichas tres Yslas se metiesen fasta numero de quatro mill e quynientos o cinco mill negros e negras; que se repartiesen en cada una Ysla el numero que paresciese dellos, e se diese por via de repartymiento e de la manera que abaxo se dira, a cada uno de los vezinos...»

 

«Item. Abianse de repartir los dichos negros en las Yslas; a la Ysla Española se abian de dar dos mill e doscientos o dos mill e quynientos negros.

 

A la Ysla Fernandina se abian de mandar mill e quynientos o mill e seyscientos negros.

 

A la Ysla de Santiago se abian de mandar de seyscientos a setecientos negros».

 

La meta última era, según Parada, el alejar el despoblamiento inminente. En este aspecto se sitúa en la misma línea que, diez años antes, habían sostenido los Jerónimos, Zuazo y Las Casas. La esclavitud negra, pues, no será un fin en si misma ni se circunscribirá sólo a un horizonte doméstico, como ocurrió en la Península ibérica, sino que será un material necesario para explotar recursos y operar su transformación; es decir, colonizar. Una vez más se vuelve a dar al negro si no el protagonismo en la iniciativa, sí en el trabajo. Parada mismo lo reconoce al final de su informe:

 

«E disce que si en lo susodicho con brevedad Vuestra Magestad no manda proveer, que certyfica que las dichas Yslas en poco tiempo se despoblaran las mas poblaciones dellas, e se perderan las rrentas de Vuestra Magestad; e que no puede aber otro congruente remedio para las acrecentar e sustentar la poblacion de las dichas Yslas, si es quel dicho; e questo lo disze como persona celosa del servycio de Vuestra Magestad e del bien e acrescentamiento daquellas partes, e que con este celo se movio pryncipalmente a venir a fazer la dicha relacion, para que las dichas Yslas se sustenten e no se acaben de perderque no remediandose brevemente, que se perderan del todo; e demas de ser mucho daño e perderse tales tierras, rredundara en que faltando estas, no se pueden pacyficar ni poblar otras tierras que se an de proveer de las cosas nescesarias, e no se acrescentara en ellas Nuestra Santa Fee Catholica e Dios Nuestro Señor e Vuestra Magestad seran deservidos».

 

Aunque el nuevo asiento con los alemanes lleva fecha del 12 de febrero de 1528, estuvo, sin embargo, rodeado de gran discreción y hasta de un cierto secreto, pues meses más tarde se seguían pidiendo negros desde América y se ignoraba el acuerdo alcanzado con los germanos. Es más, cuando Gonzalo de Guzmán, oficial en Cuba, escribió una Relacion al Rey y, entre otras cosas, le pedía el envío urgente de negros, en la contestación que se le dio, tres días después de haber firmado el contrato con los alemanes, se le respondió de forma lacónica sin precisarle lo que ya se había concretado:

 

«9. En el llevar a esa isla los negros para que tiene licencia, visto lo que escribís, yo he mandado que se orden cómo alguna persona particular los lleve y los a los vecinos a precios justos y se entiende en ello y se dará orden muy brevemente como convenga a nuestro servicio y bien desa isla y vos avisaré de lo que se hiciere...»42.

 

El 30 de marzo aún se ignoraba en las Indias el asiento con los alemanes, y los oidores de Santo Domingo, Espinosa y Zuazo, enviaron otro Memorial al Emperador proponiéndole remedios para poblar aquellas tierras43. Se trataba de una relación en la que se recogían varios puntos de los ya expuestos por Parada, aunque éstos se refieren sólo a La Española. Esto nos induce a pensar en la existencia de una corriente de opinión generalizada sobre la necesidad de introducir negros y la forma de llevarla a cabo. En el punto primero se habla de dar licencia a los pobladores para que puedan introducir «cien negros con sus mujeres» y, más adelante, se pide la merced real de socorrer a la isla con «mil negros bozales». Los negros deberían introducirse libres de derechos y entregarse fiados, aunque hipotecados, a los colonos, que no podrían venderlos, cambiarlos ni sacarlos de sus haciendas; circunstancias que ya habían sido propuestas por Parada. Su ocupación sería «las minas e granjerías de azúcar».

 

Los oidores proponen que sea el propio Monarca el que gestione el asiento,

 

«Y en caso que Vuestra Magestad no sea servido que estos negros se trayan por los oficiales de Vuestra Magestad e de su Hacienda Real, para ver este provecho que dellos se puede aver, que Vuestra Magestad haga merced a los vecinos desta cibdad de Santo Domingo con los que la isla se juntaren con ellos, para que ellos tengan maña como se trayan los dichos negros, e se den fiados a precios justos a los dichos pueblos, segun e como mas convenga a servicio de Vuestra Magestad e a la sustentacion de los dichos pueblos...»

 

Es decir, lo que los oidores quieren es que de ninguna manera se deje este asunto en manos de particulares, cuyos despropósitos ya se vieron confirmados diez años antes con el de Bresa. Las proposiciones de Espinosa y Zuazo eran ya papel mojado, porque la concesión estaba hecha, pero lo que nos interesa constatar es la opinión existente contra la concesión de monopolios en este tráfico. La Corona, tal vez atraída por un dinero fresco e inmediato, no hizo caso de la misma y actuó, en este aspecto, en contra de los intereses coloniales.




22.  LAS CASAS, B. O. c. Lib. III. Cap. 102.



23.  Transcripción libre de AGUIRRE BELTRÁN, G. La población negra en México. México : 1972. HUGH THOMAS dice que, en 1517, el embajador portugués, Jorge de Portugal, recibió un permiso «para exportar cuatrocientos esclavos negros a las Indias, sin pago de impuestos. Mas no parece que este noble hiciera gran cosa al respecto...» La Trata de Esclavos. Barcelona : 1998. Pág. 95.



24.  LAS CASAS. O. c. Lib. III. Cap. 129. Véase cómo se expresaba el testigo Francisco de Valladolid en la encuesta sobre la gestión de Rodrigo de Bastidas y la actuación de los genoveses: «A las veinte e dos preguntas dixo que lo que della sabe es que ha oido decir que el Emperadorhizo la dicha merced al gobernador de Bresa de cuatro mill esclavos e que ha visto en la ciudad de Sevilla como Gaspar Centurion, mercader genovés e otros sus compañeros, envian los dichos esclavos, pocos a pocos, e venden las dichas licencias. E que sabe que otra persona ninguna no puede pasar ni pasa a estas partes ningun esclavo, sino es con licencia del dicho Gaspar Centurion, e cuando las da es por interzesion de muchas personas porque el y sus compañeros quieren pasar todos los dichos esclavos e no que otra persona los pase. E que sabe e vee e ha visto que por cabsa del dicho defendimiento muchas personas dexen de pasar e traer los dichos esclavos...» MENDOZA. CODOIN. V. II. Pág. 366. Santo Domingo 4 de mayo de 1521.

En el testamento de D. Diego Colón leemos: «Los pesos doro que me acuerdo deber en esta Ysla son los syguientes: Item. A los ginoveses de la contratacion de los esclavos dos mill e quynientas arrobas de azucar, por cinquenta negros que dellos se an rescybidos fasta la fecha deste...» Ibidem. T. XL. Cuaderno II. La Española 8 de septiembre de 1523.



25.  «Vuestra alteza hizo merced al governador de bresa que pudiese pasar a estas yslas e tierra firme en termino de ocho años quatro mill esclavos negros, y que en la casa de la contratacion de seuilla no pagase los dos ducados que por cada cabeça se solia alli pagar, ni menos en estas partes se lleuan derechos de almoxarifazgo de los dichos esclavos, el qual traspaso la dicha merced que vuestra alteza le hizo al thesorero alonso gutierres de madrid y a otros sus compañeros por veynte e çinco mill ducados...»

La carta está firmada por los oidores Pasamonte, Dávila y Ampies. Santo Domingo 14 de septiembre de 1519. (A.G.I. Patronato Real. Leg. 174. Fol. 17). Al parecer, Gouvenot vendió las licencias al tesorero de la Casa de Contratación López de Recalde, y éste las traspasó, a su vez, a Alonso Gutiérrez.



26.  Fue muy dañosa esta merced para el bien de la población destas islas, porque aquel aviso que de los negros el clérigo había dado era para el bien común de los españoles, que todos estaban pobres y convenía que aquello se les diese de gracia y de baldetodo aquello se sacó dellos y para los indios ningún fructo dello salió, habiendo sido para su bien y libertad ordenado, porque al fin se quedaron en su captiverio hasta que no hobo más que matarO. c. Lib. III. Cap. 102.



27.  A.G.I. Patronato Real. Leg. 74. Fol. 19. Santo Domingo 6 de julio de 1520.

Las Casas, en un memorial dirigido al Cardenal y titulado Relaciones que hicieron algunos religiosos sobre los escesos que había en Indias y varios memoriales de personas particulares que informan de cosas que convendría remediar, exponía en el undécimo remedio: «Que S.A. no tenga indios señalados ni por señalar en las comunidades ni parte alguna pero en su lugar sustente S.A. en cada una veinte negros o otros esclavos en las minas...» MENDOZA. CODOIN. V. VII. Cuaderno 1. Sin fecha.



28.  MENDOZA. CODOIN. V. II. Pág. 366. El proceso terminó el 4 de mayo de 1521.



29.  MENDOZA. CODOIN. V. X. Cuaderno VI.



30.  O. c. Lib. III. Cap. 102.



31.  «Y respeto de los dichos veynte e cinco mill ducados que asy dieron al dicho governador de biessa e que vuestra alteza de licencia general para passar a estas yslas los dichos esclavos, por que de solos los derechos del almoxarifazgo se pagaron al dicho governador de biesa los dichos veynte e cindo mill ducados y vuestra altesa sera seruido de mas de otros quarenta mill ducados syn el ynterese grande que se syguira a sus rentas reales y a la poblacion e remedio destas partes, lo qual conviene que vuestra alteza mande proueer con brevedad...» A.G.I. Patronato Real. Leg. 174. Fol. 17. 14 de noviembre de 1519.



32.  MENDOZA. CODOIN. V. I. Pág. 377. Santo Domingo 20 de agosto de 1520.



33.  A.G.I. Patronato Real. Leg. 174. Fol. 11. Santo Domingo 10 de enero de 1519.



34.  MENDOZA. CODOIN. V. II. Pág. 366. Santo Domingo 4 de mayo de 1521.

El testigo Diego Caballero, que ya hemos visto dando su parecer sobre el asiento de Gouvenot, también alude a esta peste: «A la diez e ocho pregunta dixo este testigo que sabe que en el dicho año de quinientos e diez e nueve en la dicha villa de Sanlucar de Barrameda, cibdad de Xerez e Puerto de Santa Maria, hobo muy gran pistilencia cabsa de lo qual se dexaron de traer a esta isla muchas mercaderias e negros e otras cosasde quel dicho Rodrigo de Bastidas recibio dapno...»



35.  MENDOZA. CODOIN. V. I. Pág. 369



36.  Academia de la Historia. Col. Muñoz. T. 76. MENDOZA. CODOIN. V. XIV. Pág. 5 y T. I. Pág. 369. Sevilla 7 de abril de 1519. A.G.I. Indiferente General 415. Leg. 1. Fol. 29. SCELLE, G. La Traite négrière aux Indes de Castille. Contrats et traités d'assiento. París : 1906. V. I. Pág. 159.

Para E. DONNAN, a raíz de la concesión a Gouvenot y de las protestas que surgieron, la Corona dio una serie de licencias para que entraran: La Española (1500 negros), Jamaica (300), Cuba (300), Castilla del Oro (500), San Juan (500). (Documents illustrative of the history and the slave trade to America. Washington, 1935. T. I. Pág. 16). No sabemos si se llevaron a la práctica, aunque hay constancia de que en algunos casos no fue así, como en el de San Juan de Puerto Rico.



37.  MENDOZA. CODOIN. V. I. Cuaderno 1.



38.  Academia de la Historia. CODOIN. V. IX (II). Pág. 239.



39.  Ibidem.



40.  Algunos ejemplos:

-1 de junio de 1527. cédula dada en Valladolid a favor de Diego Caballero, contador de La Española, para llevar doce negros a Cubagua. Cedulario de la Monarquía Española relativo a la isla de Cubagua. V. I. Pág. 23.

-15 de noviembre de 1527. Merced de pasar doscientos esclavos libres de derechos al comendador Francisco de los Covos y otros 20 al doctor Beltrán. Covos vendió las licencias a los alemanes Sayler y Ehinger y a tres intermediarios genoveses.

-27 de noviembre de 1527. al oidor de México, Alonso de Peralta, se le permitió llevar consigo doce negros y a Ortiz de Matienzos, otro oidor, se le autorizó a pasar los suyos. AGUIRRE BELTRAN. O. c.

Según HERRERA, este mismo año el Rey ordenó que a Cuba se llevaran mil negros O. c. Déc. III. Lib. V. Cap. 8.



41.  MENDOZA. CODOIN. V. XL. Pág. 260. Valladolid 2 de julio de 1527.



42.  Cédula a Gonzalo de Guzmán, contestándole a sus cuestiones. Burgos 15 de febrero de 1528. Academia de la Historia. CODOIN. V. I. Doc. 105).



43.  Relación de los oidores de la audiencia de Santo Domingo, Espinosa y Zuazo, sobre lo que podría proveerse para las poblaciones de aquellas islas. Santo Domingo 30 de marzo de 1528. A.G.I. Patronato Real. Leg. 172. Fol. 35.






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