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José Luis Cortés López Carlos I y el comercio de esclavos IntraText CT - Texto |
II.- El asiento con los alemanes
Si la concesión a Gouvenot había sido una deferencia al entorno político flamenco, el nuevo monopolio era una especie de homenaje a la casa Welsers, de cuyos banqueros Carlos I había recibido grandes servicios. Esta perspectiva nos lleva a pensar que, tal vez, ambas concesiones fueron más bien fruto de un compromiso particular del Emperador quien, a pesar de tener en contra a sus administradores en las Indias y a la clase política española, envidiosa por el trato de favor a los extranjeros, optó por medidas de favoritismo evidente, soslayando los remedios objetivos que se le propusieron.
Enrique Ehinger y Jerónimo Sayler eran gentiles hombres y caballeros de la Orden de Santiago, que trabajaban para los Welsers. A ellos se les encargó el paso de cuatro mil negros con tres condiciones nuevas, que eran, en cierta medida, una especie de respuesta a las quejas suscitadas por el desarrollo del primer contrato. En primer lugar, se acortó el período de introducción a cuatro años; se especificó que las licencias no se revendieran a más de cuarenta y cinco ducados, precio máximo que debería alcanzar el esclavo comprado bajo este monopolio, y, finalmente, se exigió la entrega inmediata de veinte mil ducados. Con estas medidas se pretendía aligerar la entrega y frenar la especulación.
La mencionada discreción con que se rodeó este asiento pudo tener relación con la capitulación que, a finales de marzo, el rey firmó con éstos mismos para conquistar y pacificar las tierras del Cabo de la Vela y Golfo de Venezuela44, en lo que se denominó Nueva Andalucía. La operación para los Welsers fue extraordinaria, al mismo tiempo que sorprendente. de no permitir la entrada a las Indias a ningún extranjero, nos encontramos que estos alemanes no sólo se introducen en el Nuevo Mundo, sino que, además, se les otorgó un vasto territorio para explotar y una mano de obra esclava prácticamente regalada. Por si esto fuera poco, en el número dos de esta capitulación se permite el paso de:
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«çinquenta alemanes naturales de Alimania, maestros minerospara que con su yndustria y saber se hallen las minas y beneros del oro y plata y otros metales...» |
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En la cláusula número ocho se les exime del derecho del almojarifazgo y de otros impuestos por los mantenimientos que lleven; en la doce sólo se les exige el diezmo del oro, algo que continuamente pedían los colonos españoles de las Antillas, cuya cuota era el quinto; en la dieciséis se les permite que puedan tomar como esclavos a los indios rebeldes, etc. En dos meses prácticamente los Welsers habían obtenido del Emperador una contraoferta sustanciosa por los favores prestados. Conocemos por el desarrollo de los acontecimientos que los beneficios de la operación resultaron mediocres, pero su preparación fue impecable45.
Nada más conocerse el nuevo contrato, la decepción de los colonos se manifestó en una queja al Emperador que, en cierta manera, les había engañado, al prometerles que ellos podrían encargarse de introducir los negros que les apetecieran. Lo único que ya les quedaba por solicitar era que, al menos, los precios no fueran exagerados, e insistieron, una vez más, en la posibilidad quimérica de obtenerlos fiados:
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«Vuestra Maxestad disce que por nos fascer merced, a mandado tomar concierto con ciertas personas para dar orden en traer los quatro mill negros que a estas partes tiene fecha merced; e nosotros mas merced rescibieramos que pues nos abia fecho la merced que nos los dexara traer a nuestra voluntad porque los obiesemos a mexores precios, porque la presona que los obiese de traer querra ganar todo lo que nosotros nos podieramos aprovechar; e seyendo Vuestra Maxestad servido, el concierto que con el se fysciere, a de ser que nos los den en moderado precio e a presonas que le den la seguridad sufyciente los fie por algun tiempo moderado; porque los mas de los vescinos e abitantes o nendguno de contado non los podrian pagar descansadamente; e esto conviene muncho para que los vescinos de la tierra adentro que coxen oro e caña fistola van sacando, yran pagando...»46. |
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Cinco meses más tarde el lamento volvió a repetirse47, y se deploró un contrato viciado en su origen
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«agora que tenemos por cierto que los alemanes no los traeran estos dos años, que será gran daño de la Ysla por estar como está prohybido que durante el tiempo que se efectue la dicha merced de los dichos alemanes no entren otros negros algunos, e como el Rey de Portogal tiene capitulado con ellos que ningund negro que truxeren sus armadas e carabelas, non se puedan vender a otro alguno, sino a ellos, alla los venden como quieren e dexan de traerlos aca los que son obligados por lo capitulado por Vuestra Magestad, por non los dar al precio que lo prometieron; por manera que non se puede aber aca negro que non queste el oxo de la cara, cosa muy perxudycial para los pobladores». |
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A éstos sólo les quedaba manifestar lo abandonada que estaba la tierra y, si no se ponía remedio, vendría a «total perdycion». Si el rey no quería mirar por el bien de los colonos que, al menos, mirase por su propio interés, puesto que de la «sustentacion de la Thierra» dependía su real servicio y el acrecentamiento de su «Real Patrymonio».
Entre las dos quejas del pueblo de Santo Domingo hay que situar la intervención de Esteban de Pasamonte48, que, al igual que sus colegas de 1518, exponía claramente al Rey el mal negocio que había hecho con esta operación, señalándole sin rodeos el engaño y la frustración de los vecinos de La Española, la pérdida económica de la Corona y el agravio que ambas circunstancias suponía para sus vasallos.
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«que a los que vienen a poblar e gastar sus faziendas en tan lexas tierras, muy xusto es que Vuestra Magestad les favorezca aunque le queste dineros...» |
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La negociación ruinosa que había hecho la Corona estaba en
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«que solo con los derechos del Almoxarifazgo pagaran los veynte mill ducados e pierdense ocho mill de lo que valieran los derechos de dos ducados por negro que se pagan en la Casa de la Contratacion de Sevilla; demas desto pierde Vuestra Magestad lo que se ganara de darlos a quarenta castellanos a vezinos, porque el Rey de Portogal se pudiera aber aqui puesto a treynta e dos ducados e que fuera castellanos se pierde diez en cada uno; e el Rey de Portogal olgara que se le fyzieran las pagas a los tiempos que los vezinos los podieran pagar, porque podiera ser a seys meses con todas las seguridades que convyniera, e desta manera Vuestra Magestad ganara muchos dineros, e sin poner dineros de su Real Fazienda recybiera mucho bien e merced de sus vasallos...» |
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Ante la imposibilidad ya de rehacer la negociación, Pasamonte insiste, de nuevo, en que la calidad de los negros sea buena, vigilando sus edades, que se puedan dar fiados por seis meses y que no se interrumpa el ritmo de importación a razón de mil por año. Ninguno de estos tres deseos se cumplió, como hemos comprobado en la segunda carta de los vecinos de Santo Domingo.
La calidad de los esclavos fue muy deficiente. Saco49 cita una carta de los licenciados Espinosa, Zuazo y Serrano, que dirigieron al Rey con fecha de 19 de julio de 1530, en la que dicen «que los negros que llevaban los alemanes en virtud del asiento eran malísimos, que a pesar de la necesidad que de ellos había nadie los compraba». La explicación de este hecho estaba en la falta de experiencia de los alemanes en este tipo de tráfico, al contrario que portugueses y genoveses, verdaderos expertos en el mismo. De los puertos africanos se expedían directamente a América donde un «factor lusitano» se encargaba de su distribución. La ignorancia alemana y la excesiva libertad dejada a los distribuidores hicieron que éstos abusaran y enviaran negros de dudosa valía, lo que hizo desequilibrar de forma evidente la relación calidad/precio. Ante estas circunstancias, no es raro que Pasamonte termine su carta afirmando
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«que me paresce que se a perdido mucho en no se fazer la capytulacion en nonbre de Vuestra Magestad con el Rey de Portogal». |
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También en la isla de Cuba, el otro gran centro de recepción de esclavos por esta época, había preocupación y se emitieron quejas por el escaso envío de negros. El tesorero Lope Hurtado50 escribió al Rey poniéndole al corriente de cómo un alzamiento de indios, en octubre de 1529, más una peste en 1530 acabaron con muchos negros, lo que suponía que la «tercia parte» de los colonos podía perder su hacienda. Urgía mucho el remedio y pedía setecientos negros con toda rapidez,
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«e si en el pasar de los dichos negros obiere mucha dilacion seria cabsa que por no poder sostener algunos vecinos sus haciendas se fuesen e dexasen la tierra...» |
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Propone Lope que, en el caso de no traerlos, sean los mismos vecinos los que puedan ir a buscarlos a Guinea, comunicando posteriormente su número a la Casa de Contratación para cumplir con los trámites legales. Era ya el tercer año del asiento, y, ante su ineficacia y las quejas, la Corona parecía decidida a intervenir; con fecha del 11 de marzo de 1531, envió un breve al Cabildo de la isla, autorizándole a emplear las rentas de ese año, pertenecientes a la Hacienda Real, para importar los negros solicitados. Llegó esta comunicación el 4 de noviembre de 1531 causando gran alegría.
En carta firmada por la reina en Ocaña, el 4 de abril de este mismo año, dirigida a Fray Miguel Ramírez, obispo electo de Cuba y abad de Jamaica, y al Gobernador y oficiales, se hacía eco de las necesidades de la isla51 y explicaba los términos de la concesión:
El plazo señalado para el pago de los negros y levantamiento de la hipoteca era de dos años. El Cabildo se aprestó a dar las gracias a su Magestad52, pero, desgraciadamente, era una merced que no tendría feliz cumplimiento, porque, en el fondo, el Monarca no era partidario de todo lo expuesto por la reina. Lo que no quería de ninguna manera aquél, era que los colonos vinieran a buscarlos o se sirvieran de un intermediario particular. Ignorantes de esta intención, los vecinos de Cuba recogieron el dinero que se les había pedido53 y, cuando quisieron enviarlo a Castilla, el Soberano les comunicó su intención, diciéndoles que los esclavos tenían que adquirirlos en la misma isla. Los oficiales objetaron que no era posible
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«porque para aver de conprar los dichos negros aquy ay dos ynconvinientes. el uno que no vernan aqui tantos negros en X años, e lo otro hanse de conprar al contado que ni entraran CXX o CXXX negros que no alcanzaran entre dos vezinos vn negro...»54 |
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Un mes más tarde de escrita esta carta, el Cabildo insistía sobre lo mismo, intentando que el Rey accediera a que los vecinos trajeran ellos mismos los esclavos55. Éste utilizó la táctica de la dilación, dejando que el asunto se olvidara poco a poco. Aún en 1936 las autoridades, convencidas de que la concesión era algo pasado e irrealizable, le recordaron al Emperador que su falta de ayuda, más las perspectivas que se abrían en Perú, podían ocasionar el despoblamiento total de la isla:
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«En 1533 mandó V.M. que se le enviaran los 7000 pesos que estaban depositados para negros. Creyeron los vecinos lograr en recompensa alguna merced, como el oro al décimo, préstamo de algunos dineros para traer negros y por no haberse hecho nada y por las nuevas del Perú, todos quieren irse...56». |
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Aunque esta frustrada concesión a los vecinos de Cuba había pretendido, por lo menos, guardar las formas y respetar los cuatro años de monopolio alemán, siguieron dándose licencias más o menos amplias a particulares 57. En muchas de ellas se precisaba que era para después de cumplido el asiento alemán, pero los negros se enviaban cuando mejor le parecía al beneficiario de la misma. Díez Soler nos muestra un ejemplo para la isla de Puerto Rico. «En 1529 se hizo merced a dos mercaderes para pasar cien negros que enviaron este año, sirviendo la contaduría Francisco Fernández. Después, por otro traslado de la misma merced cedido por los mercaderes dado a Lando, teniente desta, han pasado otros ciento. Como los Oficios Reales han estado en varias manos, ha habido mal recibimiento»58.
En 1536 hubo tratos con Enrique Ehinger y Rodrigo Dueñas, por una parte, y con Alonso Caballero, por otra, para ajustar con ellos una nueva concesión exclusiva. Al año siguiente, a punto se estuvo de llegar a un acuerdo con Cristóbal Francisquini y Domingo Martínez, para concederles el monopolio de introducir mil quinientos esclavos; para este menester ya habían pagado a la Hacienda Real 9750 ducados59. Por diversas circunstancias ninguna de estas concesiones se llevó a la práctica, y el traslado de negros se hizo libremente previa obtención del permiso correspondiente.
-15 de marzo de 1529. merced de cien esclavos al licenciado Rodrigo de la Corte del Consejo de Indias.
-21 de agosto de 1529. Otros cien esclavos a Juan de Samano. Ambas concesiones por sendas cédulas dadas en Valladolid. Ibidem. Col. Muñoz. T. 76.
-26 de julio de 1529. Capitulación con Francisco Pizarro para la conquista de Tumbez, concediéndosele cincuenta negros. A.G.I. Indiferente General 415. Leg. 1. Fols. 115-120.
-11 de marzo de 1531. Cédula a Juan de Armenta y Hernando Páez para pasar negros a la Nueva España. AGUIRRE BELTRAN. O. c.
Según el Cedulario del Perú, de 1529 a 1537 el Rey dio veintidós licencias a particulares por un número total de 338 esclavos. De éstos, 258 pertenecían a Pizarro. PORRAS, R. Cedulario del Perú. Lima : 1944.