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Comisión pontificia para los bienes culturales de la Iglesia
Carta sobre función pastoral de los museos eclesiásticos

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1. 2. Aproximación a la conservación del patrimonio histórico-artístico

Han sido diferentes los modos con que las diversas culturas han procedido a la conservación de su patrimonio cultural. Por ejemplo, en Occidente y en las culturas a él asimiladas se cultiva la memoria del pasado conservando las piezas que se han convertido en obsoletas por la importancia histórico-artística, o simplemente como recuerdo. En otras, por el contrario, el cultivo de la memoria se circunscribe prevalentemente a la narración oral de las gestas del pasado, y esto debido a que, por razones climáticas, resulta difícil la conservación de los restos. En otras, por último, la conservación se lleva a cabo mediante la recreación de las piezas respetando los materiales y los modelos estilísticos. No obstante, en todos los pueblos subsiste el sentido vivo de la memoria como un valor básico que se debe cultivar con gran esmero.

En los países de antigua tradición cristiana, el patrimonio histórico-artístico que a lo largo de los siglos se ha ido enriqueciendo continuamente con nuevas formas interpretativas y ha sido un instrumento privilegiado de catequesis y de culto para generaciones enteras, en tiempos más recientes ha adquirido, algunas veces, a causa de la secularización, un significado casi exclusivamente estético. Por ello, es oportuno que las Iglesias confirmen, por medio de convenientes estrategias, la importancia contextual de los bienes histórico-artísticos, de modo que la pieza considerada desde su valor estético no sea totalmente separada de su función pastoral, así como del contexto histórico, social, ambiental y devocional, de los que constituye una peculiar expresión y un testimonio.

Un museo eclesiástico tiene sus raíces en el territorio, está directamente conectado con la acción de la Iglesia y es el resumen visible de su memoria histórica. No se reduce a la simple "colección de antigüedades y curiosidades", como pretendían en el renacimiento Pablo Giovio y Alberto Lollio, sino que conserva, porque las valora, obras de arte y objetos de carácter religioso. Un museo eclesiástico no es tampoco el Mousêion, es decir, el "templo de las Musas", en el sentido etimológico del término, en recuerdo de cuanto fundó Tolomeo Sóter en Alejandría de Egipto, sino que es siempre el edificio en el que se custodia el patrimonio histórico-artístico de la Iglesia. A pesar de que numerosas piezas hayan perdido su específica función eclesial, continúan, no obstante, transmitiendo un mensaje que las comunidades cristianas de épocas pretéritas han querido entregar a las generaciones sucesivas.

A la luz de estas consideraciones es importante desarrollar programas específicos para llevar a cabo una adecuada valorización y conservación, con sentido eclesial, del patrimonio histórico-artístico. Tales programas deberán fundamentarse sobre los siguientes compromisos:  la salvaguarda promovida por los organismos específicos instituidos en el ámbito diocesano y nacional; el conocimiento de su peculiar finalidad e historia, además de su consistencia a través de la elaboración de inventarios y catálogos9; la contextualización de las obras en la vivencia social, eclesial, devocional; la consideración de las obras del pasado con referencia a la actual experiencia eclesial y cultural; la conservación y la eventual utilización de estas obras del pasado en una dimensión pastoral10.

Para realizar tales compromisos puede ser oportuno instituir museos eclesiásticos que, haciendo referencia al patrimonio histórico y artístico de un determinado territorio, asuman, también, el papel de centros de animación cultural. Será igualmente importante la racionalización de los diversos departamentos encargados del sector de los bienes culturales dentro de la Iglesia. Donde sea posible, se deberá trabajar para crear formas de colaboración entre los correspondientes departamentos eclesiásticos y sus análogos civiles, con el fin de concertar proyectos comunes.





9.  Cf. Sagrada Congregación para el clero, carta circular Opera Artis de cura patrimonii historico-artistici Ecclesiae, ad Praesides Conferentiarum Episcopalium, 11 de abril de 1971 (Enchiridion Vaticanum 4/655-664; AAS 63 [1971] 315-317); Codex Iuris Canonici (1983), c. 1283, 2-3; Comisión pontificia para los bienes culturales de la Iglesia, carta circular Necesidad y urgencia del inventario y catalogación de los bienes culturales de la Iglesia, cit.



10. Secretaría de Estado, Carta circular a los Ordinarios de Italia sobre la conservación, la tutela y el uso de los archivos y de las bibliotecas eclesiásticas, 15 de abril de 1923, Prot. n. 16605 (M. Vismara Missiroli, Codice dei Beni Culturali di interesse religioso. I. Normativa Canonica, Milán 1993, pp. 188-196). ead., Carta circular a los Ordinarios de Italia, 1 de septiembre de 1924, Prot. n. 34215 (ib., pp. 196-198).






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