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Hermano Benito Arbués
Circular Convocatoria Capítulo General

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  • D). Normas para la elección de delegados y suplentes.
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D). Normas para la elección de delegados y suplentes.

Para la elección de representantes de las unidades administrativas al Capítulo General se debe tener en cuenta que los puestos que hay que cubrir son los de delegados y los de suplentes. Se seguirá este procedimiento:

a). Primera vuelta de la votación:

Cada elector señala en su papeleta, sacándolos de la lista de elegibles, tantos nombres como puestos hay que cubrir, es decir: doble número de nombres que el de delegados que se han de elegir. La Comisión de Escrutinio cuenta para cada Hermano el total de votos obtenidos y hace el acta de la sesión dejando constancia de los Hermanos que han obtenido algún voto, ordenándolos por orden decreciente del número de votos obtenidos por cada uno. Los que ocupan los primeros puestos, en número igual al de delegados que hay que elegir, si tienen la mayoría absoluta, son declarados elegidos como delegados. Si con eso se ha elegido a todos los que hay que elegir, los que vienen a continuación, en igual número, son proclamados suplentes, si es que han obtenido al menos un tercio de los votos.

Si en la primera vuelta no se ha elegido a todos los delegados y suplentes necesarios, se debe proceder a una segunda vuelta. En este caso la Comisión Escrutadora designa los candidatos para la segunda vuelta, eligiendo en la lista, a continuación de los elegidos, un número tres veces mayor que el de puestos que faltan por cubrir.

b). Segunda vuelta de la votación:

Tomándoles de la lista elaborada al final del escrutinio de la primera vuelta, cada elector señala en una papeleta tantos nombres como puestos hay que cubrir. La Comisión Escrutadora cuenta los votos obtenidos por cada Hermano y confecciona una lista de todos ellos en orden descendente según el número de votos obtenidos. Los que ocupan los primeros lugares, en número igual al de delegados que quedan por elegir, son designados delegados. Los que vienen a continuación, en número igual al de suplentes que hay que elegir, son declarados suplentes.

En caso de igualdad de votos, en todos los escrutinios se tendrá por elegido el de más edad (o los de más edad).

c). Manera de votar

Cada elector escribe en una papeleta en blanco (o señala en una lista de los Hermanos elegibles) tantos nombres como puestos haya que cubrir. Introduce la papeleta en un sobre pequeño y lo cierra. Las papeletas de voto así dispuestas se introducen en un segundo sobre que se cierra y sella en presencia de todos los Hermanos. En la cara externa de ese segundo sobre se habrán escrito, de forma legible, los nombres y apellidos de cada uno de los votantes, quienes van estampando su firma al lado de su nombre. Métese todo en un tercer sobre, y se envía por correo certificado al H. Provincial.

d). Voto por poder

Si un Hermano está ausente de la Provincia y cree poco probable hacer llegar su papeleta de voto al H. provincial por correo certificado antes de la fecha tope, puede votar por procuración. En este caso, el Hermano hará saber al H. Provincial, por el medio más seguro

1.      el hecho de que va a votar por poder y

2.      el nombre del Hermano al que designa como apoderado.

El Hermano se entenderá también con el Hermano al que elige como mandatario suyo. El H. Provincial informará al Superior de la Comunidad en la que reside el Hermano designado como apoderado.

El Hermano que vota como apoderado rellena dos papeletas de voto y firma dos veces en el sobre: en nombre propio y "como apoderado del Hermano N."




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