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Derechos del Niño IntraText CT - Texto |
6. Ayudar a las madres jóvenes con dificultades
El artículo 6 de la Convención declara que «todo Niño tiene el derecho intrínseco a la vida». Como nos lo podemos imaginar, este artículo fue objeto de discusión. En nuestro caso vamos más lejos al decir que «el nasciturus tiene derecho a la vida». Es un enorme debate en el que estamos poco presentes; y sin embargo debemos situarnos en él, siendo respetuosos para con las decisiones personales. Junto a las madres jóvenes que buscan puntos de referencia y ayuda inmediata, algunos lasalianos han desarrollado iniciativas muy válidas: en Francia los equipos del H. Auguste Thérond informan, buscan alojamiento, realizan trabajo de escucha y de asistencia jurídica; en Australia los lasalianos han abierto un centro de día y una guardería infantil para 25 madres, así como un centro residencial para 11 mamás y sus niños. Es una etapa indispensable para una digna acogida del niño que va a nacer o recién nacido.